Detalle de la norma RE-106-2007-SICPYME
Resolución Nro. 106 Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Organismo Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Año 2007
Asunto Registro en el Sistema Informático María de los desbloqueos operativos y las autorizaciones
Boletín Oficial
Fecha: 15/03/2007
Detalle de la norma
Resolución 106-2007-SICPYME

Resolución 106-2007-SICPYME

Autorízase a la Dirección de Promoción de Exportaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa, para que registre en el Sistema Informático María (SIM) los desbloqueos operativos y las autorizaciones que en cada caso corresponda, a fin de agilizar la operatoria del régimen de importación temporaria de mercaderías para el perfeccionamiento industrial.

Bs. As., 13/3/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0064798/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1330 de fecha 30 de septiembre de 2004 se estableció un régimen especial de importación temporaria de mercaderías destinadas a ser sometidas a un proceso de perfeccionamiento industrial.

Que el Artículo 33 del mencionado decreto dispuso que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION fuera la Autoridad de Aplicación del régimen por él instituido.

Que el Artículo 36 del referido decreto estableció que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Autoridad de Aplicación establecerán los procedimientos necesarios para implementar en el SISTEMA INFORMATICO MARIA (SIM) aspectos inherentes a ese régimen.

Que en uso de sus facultades, se dictó la Resolución Nº 392 de fecha 19 de octubre de 2006 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en el que se reglamentó el Decreto Nº 1330/04.

Que el Anexo V a la Resolución General Nº 2147 de fecha 24 de octubre de 2006 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION enunció distintos casos de operaciones realizadas al amparo del Decreto Nº 1330/04 que requieren la intervención de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en el SISTEMA INFORMATICO MARIA (SIM) para continuar con la operatoria.

Que a efectos de agilizar la operatoria del régimen de importación temporaria de mercaderías para el perfeccionamiento industrial, resulta necesario autorizar a autoridad no inferior al cargo de Director para que registre en el SISTEMA INFORMATICO MARIA (SIM) los desbloqueos operativos y las autorizaciones que en cada caso corresponda.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 33 del Decreto Nº 1330/04.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1º — Autorízase a la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para que realice los desbloqueos operativos en el SISTEMA INFORMATICO MARIA (SIM) en las situaciones previstas en el tercer párrafo del Artículo 2º y en los Artículos 5º in fine, 8º, 12 y 16 del Decreto Nº 1.330 de fecha 30 de septiembre de 2004.

Art. 2º — Autorízase a la Dirección de Promoción de Exportaciones para que registre, a través del SISTEMA INFORMATICO MARIA (SIM), las autorizaciones otorgadas en los casos previstos en los Artículos 9º y 11 del Decreto Nº 1330 de fecha 30 de septiembre de 2004.

Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DE-1330-2004-PEN Registro en el Sistema Informático María de los desbloqueos operativos y las autorizaciones