RE-14-2011
CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PATENTE MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 53/10 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 08/92, 87/94, 75/97,
88/97, 32/09 y 52/10 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que
la Decisión CMC Nº 53/10 “Patente MERCOSUR” creó, en el ámbito del Grupo
Mercado Común, el Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación de la Patente MERCOSUR.
Que
es preciso adoptar las medidas necesarias para la consolidación progresiva del
proceso de integración, en el cual sea garantizada la libre circulación de los
vehículos, facilitando las actividades productivas.
Que
el Grupo Ad Hoc deberá promover, en el ámbito del MERCOSUR, y acompañar, a
nivel nacional, las numerosas actividades necesarias para la implementación de
la mencionada Patente.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art.
1 - Aprobar la primera etapa del “Cronograma para la Implementación de la Patente MERCOSUR en vehículos de carga y pasajeros habilitados para el
transporte terrestre internacional en el MERCOSUR”, que consta como Anexo y
forma parte de la presente Resolución.
Art.
2 - Instruir al Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación de la Patente MERCOSUR a elevar al Grupo Mercado Común, antes de su última Reunión Ordinaria de 2011,
un Proyecto conteniendo las demás etapas del Cronograma.
Art.
3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del
funcionamiento del MERCOSUR.
XXXVIII GMC EXT. - Asunción 27/VI/11.
ANEXO
PRIMERA ETAPA DEL CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PATENTE MERCOSUR EN VEHÍCULOS DE CARGA Y PASAJEROS HABILITADOS PARA EL
TRANSPORTE TERRESTRE INTERNACIONAL EN EL MERCOSUR
·
TAREA 1:
Relevar la normativa armonizada sobre la circulación de vehículos en el ámbito
del MERCOSUR e identificar normas que no se encuentren en vigor.
RESPONSABLE: PPT
PLAZO: Las informaciones deberán
ser circuladas a los demás Estados Partes con 30 días de anticipación de la
primera reunión del Grupo Ad Hoc.
·
TAREA 2:
Presentar la estructura institucional y la legislación nacional de tránsito de
cada Estado Parte concerniente a la autorización, control y fiscalización de
patentes vehiculares.
RESPONSABLE: Coordinaciones
Nacionales
PLAZO: Cada Estado Parte deberá
presentar los resultados de esta tarea en ocasión de la primera reunión del
Grupo Ad Hoc.
·
TAREA 3:
Elaborar cronogramas nacionales para la incorporación de la normativa armonizada
necesaria para la implementación de la Patente que no se encuentre en vigor.
RESPONSABLE: Coordinaciones
Nacionales
PLAZO: Cada Estado Parte deberá
presentar su cronograma de incorporación en ocasión de la segunda reunión del
Grupo Ad Hoc.
·
TAREA 4: Identificar
los ajustes legales, administrativos, operacionales y especificaciones técnicas
necesarios a nivel nacional para la implementación de la Patente MERCOSUR en vehículos de carga y pasajeros habilitados para el transporte
internacional en el ámbito del MERCOSUR.
RESPONSABLE: Coordinaciones
Nacionales
PLAZO: Cada Estado Parte deberá
presentar los resultados de esta tarea en ocasión de la segunda reunión del
Grupo Ad Hoc.