Detalle de la norma DE-298-2000-PEN
Decreto Nro. 298 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2000
Asunto Régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera.
Boletín Oficial
Fecha: 07/04/2000
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Decreto n° 298 04/04/2000 Fecha: 07/04/2000
 
Dependencia: DE-298-2000-PEN
Tema: Exportaciones.
Asunto: Modifícase el artículo 3o, inciso d) del Decreto N° 855/97, que estableció un régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera.
 

VISTO el Expediente N° 254.042/99 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, y el Decreto N° 855 de fecha 27 de agosto de 1997, que estableció el régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera, y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo del presente decreto es fomentar el aumento en el volumen de las exportaciones, efectuadas por pequeños operadores, en mejores condiciones de operatividad y competencia.

Que el sector al que está orientado el régimen simplificado establecido por el Decreto N° 855/97, ha exteriorizado en distintos ámbitos la necesidad de incrementar los montos máximos por operación, en armonía con su práctica habitual de comercio exterior.

Que es conveniente y necesario modificar a tal fin el Artículo 3o, Inciso d) del Decreto mencionado en el VISTO, a fin de lograr la finalidad para la cual fue creado dicho régimen.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, Incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1o - Sustitúyese el Inciso d) del Artículo 3o del Decreto N° 855 de fecha 27 de agosto de 1997 por el siguiente texto:

"d) El valor FOB/FOR/FOT de cada operación no supere la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (U$S 10.000.-)".

Art. 2o- Deforma.

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DE-855-1997-PEN Artículo 3 inc d) Exportación - Régimen Simplificado p/Zonas de Frontera