Resolución 592-2010
Dispónese la internacionalización del Aeroparque Jorge Newbery
con relación a las Ciudades de San Pablo y Porto Alegre de la República Federativa
del Brasil.
Bs.
As., 28/6/2010
Visto
el expediente TRI - S01: 0025746/2010 del registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y,
CONSIDERANDO:
Que
la empresa TAM LINHAS AEREAS S.A., por intermedio de apoderado, ha efectuado
una presentación mediante la cual solicita la factibilidad operativa a los
efectos de realizar vuelos en las rutas SAN PABLO – BUENOS AIRES - SAN PABLO y
PORTO ALEGRE - BUENOS AIRES - PORTO ALEGRE desde el Aeroparque Jorge Newbery, conforme los itinerarios y horarios que acompañan
en los Anexos III que fueran presentados oportunamente ante la Jefatura de Aeropuerto y
que en copia se acompañan.
Cita
que por Resolución ANAC Nº 265, de fecha 21 de enero de 2010, se resolvió un
pedido de internacionalización de Aeroparque Jorge Newbery
por parte de Aerolíneas Argentinas S.A. Asimismo, indica la presentación, que
la posibilidad de operar vuelos regionales desde el Aeroparque es fundamental
para su desarrollo y responde a los acuerdos bilaterales suscriptos entre la República Argentina
y la República
Federativa del Brasil en lo concerniente a la reciprocidad
que deberán tener los gobiernos en ambos Estados.
Que
la solicitante ha acompañado la programación horaria regular que en copia se
adjunta.
Que
han tomado intervención los Organismos técnicos de esta ADMINISTRACION NACIONAL
DE AVIACION CIVIL con competencia en la materia, de cuyas conclusiones surge
que no existe impedimento alguno para acceder a la petición formulada y
consecuentemente disponer la internacionalización del Aeropuerto Jorge Newbery.
Que
sin perjuicio de la decisión adoptada por esta ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL, en el marco de su competencia, deberá darse intervención al
resto de los Organismos estatales, con jurisdicción en dicho Aeropuerto, a fin
de que implementen las medidas necesarias y pertinentes para posibilitar la
operatoria proyectada.
Que
ha tomado debida intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ANAC.
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto
1770/07.
Por
ello,
EL
ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
Artículo 1º —
Dispónese la internacionalización del Aeroparque
Jorge Newbery, con relación a las Ciudades de SAN
PABLO y PORTO ALEGRE DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, requerida por la
empresa TAM LINHAS AEREAS S.A.
Art. 2º —
Comuníquese la presente al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS, a la POLICIA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, a la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS, a la
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, al SENASA, al DEPARTAMENTO
INTERPOL dependiente de la
POLICIA FEDERAL ARGENTINA y al AREA SANIDAD DE FRONTERAS
dependiente del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, a los fines de su intervención en el
marco de sus respectivas competencias.
Art. 3º —
Instrúyase a la
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, a la DIRECCION NACIONAL
DE SEGURIDAD OPERACIONAL, a la DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS DE NAVEGACION
AEREA Y AERODROMOS y a la
DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
AEROPORTUARIOS a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º
del presente, previa aprobación de la programación horaria regular propuesta
por la Empresa.
Art. 4º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Rodolfo F. Gabrielli.