Resolución 454-2010
Prorrógase el plazo dispuesto por la Resolución Nº 1210/09 para la regularización de
la totalidad de los permisos precarios otorgados para la explotación de
servicios complementarios en los Pasos Internacionales.
Bs.
As., 26/5/2010
VISTO
el Expediente Nº S02:0003510/2010 del registro de este Ministerio, las Leyes Nros. 22.352 y 24.156, los Decretos Nros.
1759 del 3 de abril de 1972 (t. o. 1991), 2086 del 21 de julio de 1977, 1409
del 31 de diciembre de 1996, 436 del 5 de junio de 2000, 1023 del 16 de agosto
de 2001 y 1697 del 1 de diciembre de 2004, las Resoluciones de este Ministerio Nros. 500 del 11 de mayo de 2009 y 1210 del 27 de octubre
de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución
de este Ministerio Nº 500/09 instruyó al Director de Asuntos Técnicos de
Fronteras para que regularice la situación de la totalidad de los permisos
otorgados con carácter precario para la explotación de servicios
complementarios en los Pasos Internacionales y llame a contratación de acuerdo
a los procedimientos establecidos por los Decretos Nros.
1023/01 y 436/00 y de conformidad con las pautas establecidas en el Régimen de
Contrataciones para el Estado Nacional en el plazo de SEIS (6) meses de
publicada la misma.
Que
mediante la Resolución
MI Nº 1210/09 se prorrogó el plazo de SEIS (6) meses
establecido por la
Resolución Nº 500/09 de este Ministerio.
Que
en razón de la ubicación geográfica de los Pasos Internacionales, el contexto
social imperante en los mismos, la cantidad de servicios complementarios
existentes, las particularidades de cada uno de ellos, y la proximidad del
vencimiento del plazo establecido por la Resolución MI Nº
1210/09, para llevar a cabo la regularización ordenada por la Resolución MI Nº
500/09, resulta razonable prorrogar el mismo, por igual término.
Que
ha intervenido la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que
la presente resolución se dicta en virtud de las competencias que acuerdan el
artículo 2º del Reglamento del Procedimiento Administrativo, aprobado por el
Decreto Nº 1759/72 (t. o. 1991), los Decretos Nros.
2086/77 y 1409/9 dispuesto por la
Ley Nº 26.338.
Por
ello,
El
MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º —
Prorrógase el plazo dispuesto por la Resolución de este
Ministerio Nº 1210 del 27 de octubre de 2009 por el término de SEIS (6) meses.
Art. 2º —
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.