Resolución General 2838
Procedimiento Ley Nº 25.506. Firma
Digital. Resolución General Nº 2674. Inscripción en el registro de empresas
proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos homologados.
Bs.
As., 18/5/2010
VISTO
las Actuaciones SIGEA Nros. 1-256712-2009 y 1-2511022010 del Registro de esta
Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley Nº
25.506 reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la
firma digital, estableciendo las características de su infraestructura en la República Argentina.
Que
la Resolución Nº
88 del 17 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la
licencia para operar como Certificador Licenciado.
Que
mediante la
Resolución General Nº 2651, se dispuso el procedimiento
relacionado con la emisión y administración de los certificados digitales
previéndose que, a los fines de la obtención de los denominados "Clase
4", se deberán utilizar dispositivos criptográficos que cuenten con
determinadas características.
Que
en tal sentido, la
Resolución General Nº 2674 creó el "REGISTRO DE EMPRESAS
PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS" y estableció los
requisitos técnicos y formales que las mismas deberán cumplir para su
incorporación, así como para la homologación de los diferentes dispositivos que
podrán utilizarse.
Que
los dispositivos criptográficos a homologar han cumplido con los aspectos
exigidos, por lo que corresponde inscribir a las empresas proveedoras en el
citado "Registro", debiendo las mismas —durante el lapso de validez
de la homologación— observar las demás obligaciones previstas por la normativa
aplicable.
Que
han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y
Telecomunicaciones, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General
Impositiva.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus
complementarios.
Por
ello,
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º —
Incorpóranse en el "REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS
CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS" creado por la Resolución General
Nº 2674, a
las empresas COMPLUS S.A. - C.U.I.T. Nº 33-67724820-9 y SOLUCIONES WORKOUT S.A.
– CUIT Nº 30-70750051-0.
Art. 2º —
De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4º de la Resolución General
Nº 2674, se homologan los dispositivos criptográficos cuyos datos
identificatorios y empresas proveedoras se detallan a continuación:
Art. 3º —
La autorización a las empresas proveedoras para comercializar los dispositivos
homologados que se indican en el Artículo 2º, tendrá una validez de DIEZ (10)
años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en
el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las
obligaciones previstas en la normativa vigente.
Art. 4º —
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Ricardo Echegaray.