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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 78 |
07/02/1994 |
Fecha: |
14/02/1994 |
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Dependencia: |
RE-78-1994-SAGPA |
Tema: |
ALGODON |
Asunto: |
Establécense nuevos
Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón
Argentino. |
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VISTO el expediente Nº 2070/93 del registro del INSTITUTO
ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, y |
CONSIDERANDO: |
Que
los Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón Argentino
que están en vigencia por Resolución Nº 101 del 27 de febrero de 1990 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y
la Resolución Nº 159
del 28 de febrero de 1990 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PERSCA,
han dejado de representar la calidad comercial de la fibra de algodón
argentino. |
Que
por tal motivo se hace necesario confeccionar nuevos Patrones Oficiales que
reflejen las características comerciales actuales de la producción nacional
de fibra de algodón. |
Que
de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de
1991 de creación del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL
(IASCAV), éste, entre sus atribuciones y obligaciones debe elaborar y
proponer al señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca normas
técnicas de sanidad y calidad que deben regir la producción, el acopio, el
acondicionamiento, el empaque, el depósito, el tratamiento, el transporte y
comercialización de productos vegetales. |
Que,
en concordancia con lo expuesto,
la CAMARA ALGODONERA
ARGENTINA, con la colaboración técnica de los servicios especializados del
IASCAV, a través de
la
DIRECCION DE CALIDAD COMERCIAL Y MERCADOS, ha confeccionado
nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón
Argentino, que representan fehacientemente la calidad de la producción
algodonera argentina. |
Que el suscripto es competente para dictar el
presente acto, en virtud de lo normado en el artículo 6º, inciso a) del
Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 1172
del 10 de julio de 1992. |
Por ello, |
EL SECRETRAIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA RESUELVE: |
Artículo
1º — Establécense como nuevos Patrones Oficiales de
Calidad Comercial de
la Fibra
de Algodón Argentino a los confeccionados por
la CAMARA ALGODONERA
ARGENTINA, con la colaboración técnica de
la DIRECCION DE
CALIDAD COMERCIAL Y MERCADOS del INSTITUTO ARGENTINO DE SALIDAD Y CALIDAD
VEGETAL. Estos Patrones están compuestos por SIETE (7) grados de calidad
denominados A, B, C, C1/2, D, E Y F, correspondiendo la mejor calidad al
grado A y la más baja al grado F. |
Art.
2º —Los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón
Argentino, rubricados por
la
DIRECCION DE CALIDAD COMERCIAL Y MERCADOS, serán mantenidos
en custodia en dicha Dirección. |
Art.
3º — Las copias de los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón Argentino
referidas en el artículo 1º de la presente resolución, debidamente rubricadas
por el funcionamiento autorizado, serán los únicos Patrones que se tendrán en
cuenta en las Cámaras y Mercados de algodón y a ellos deberán referirse los
certificados que se otorguen, las cotizaciones oficiales que se realicen y
las transacciones de fibra de algodón para consumo interno y exportación. |
Art.
4º — Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo
precedente las operaciones concertadas sobre muestras especiales utilizadas
de buena fe y sin intención de substituir o evadir
a dichos Patrones Oficiales. |
Art.
5º — Los Patrones Oficiales que por esta resolución se oficializan, regirán a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
6º — A partir del momento de vigencia de estos Patrones, perderán su vigencia
los oficializados hasta el presente. |
Art.
7º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Felipe C. Solá. |
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