Detalle de la norma DE-1001-1982-PEN-027
Decreto Nro. 1001 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 1982
Asunto Reglamentación de la Ley 22415
Reglamenta: Art. 192 del Código Aduanero
Detalle de la norma
Llave Operativa Aduanera

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Documento Fecha Doc Boletín/Of BO Nº
Decreto 1001/1982 PEN 02/05/1982    
Referencia: Reglamentación de la Ley 22415 - CODIGO ADUANERO
Art. 27: - (para el Art 192 del CA) Art  192 - CA
 

1.

No podrá iniciarse la descarga del medio de transporte ni el depositario recibir mercadería alguna si no mediare previa autorización expresa del servicio aduanero.

2.

La mercadería podrá ser derivada, según correspondiere, a:

.

a)

depósito provisorio de importación;

.

b)

despacho directo a plaza.

3.

Cuando se descargare mercadería con el objeto de ser transportada posteriormente a destino en otro medio de transporte, la permanencia en el medio de transporte intermedio o en el lugar intermedio se regulará por lo previsto en los artículos 414 y 416 del código y, en forma supletoria, por las disposiciones del régimen de depósito provisorio de importación.