Resolución 86-2009-DGA
Prórroga Habilitación Provisoria Zona
Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.
Bs. As.,
21/10/2009
VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-392-2009 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita una nueva prórroga por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días a la habilitación provisoria otorgada
mediante Resolución DGA Nº 26/09 de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON
54/100 METROS CUADRADOS (30.155,54 m2) de superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.
Que se encuentra
acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la
habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no han finalizado la
totalidad de las obras de infraestructura para adecuar el predio en función de
las operaciones de comercio exterior a realizarse en dicho lugar operativo.
Que han tomado la
intervención que les compete la División Aduana de Río Gallegos, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de
lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada con carácter provisorio y por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución DGA Nº 26/09.
Que la presente se
dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9º apartado 2
inc. n) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello:
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera provisoria
otorgada a la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL
CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 METROS CUADRADOS (30.155,54 m2) de superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de
Santa Cruz, mediante Resolución DGA Nº 26/09, por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última,
con igual carácter e idéntico alcance.
Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y
publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a la División Aduana de Río Gallegos para su conocimiento, notificación y aplicación. — María S.
Tirabassi.