Resolución 18-2002-CFP
Resolución 18-2002-CFP
Sustitúyese el
artículo 1° de la Resolución N° 16-2002, con la finalidad de subsanar un error
tipográfico.
Bs. As., 17/10/2002
VISTO lo dispuesto por el inciso m) del artículo 9° de la Ley N° 24.922
y la Resolución N° 16 de fecha 10 de octubre de 2002 del Registro del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución mencionada en el Visto se aprobó el Reglamento de
Funcionamiento del CONSEJO FEDERAL PESQUERO con algunas modificaciones respecto
del texto aprobado por la Resolución N° 5 de fecha 18 de octubre de 2002 del
Registro de dicho Consejo.
Que en el artículo 1° de la Resolución N° 16 del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO de fecha 10 de octubre de 2002, por el que se abroga la Resolución
citada en el Considerando anterior, se ha cometido un error tipográfico al
mencionar la fecha de la misma.
Que por lo tanto corresponde subsanar el mismo a través de un nuevo acto
administrativo.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la
presente conforme lo establecido por el artículo 9°, inciso m) de la Ley N°
24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO N° 16 de fecha 10 de octubre de 2002, el que quedará redactado de la
siguiente manera: "ARTICULO 1°: Abrógase la Resolución del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO N° 5 de fecha 18 de octubre de 2000".
Art. 2° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su sanción.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.— Juan Carlos Braccalenti. — Gabriel E. Sesar.— Omar M.
Rapoport. — José M. Casas. —Carlos A. Cantú. — Gerardo E. Dittrich. —
FernandoM. Corbacho. — Francisco J. Romano. —Rodolfo Villalba. — Juan J.
Iriarte Villanueva.
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