Detalle de la norma DE-1327-2008-PEN
Decreto Nro. 1327 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2008
Asunto Simatex 2008
Boletín Oficial
Fecha: 15/08/2008
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Decreto Nº 1327

13/08/2008

Fecha:

15/08/2008

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Dependencia:

DE-1327-2008-PEN

Tema:

FERIAS INTERNACIONALES

Asunto:

Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento “Simatex 2008”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0039196/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma DISEÑOS Y EVENTOS S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-70950831-4), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “SIMATEX 2008”, a realizarse en el Centro Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 11 al 14 de noviembre de 2008.

Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s) de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “SIMATEX 2008”, a realizarse en el Centro Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 11 al 14 de noviembre de 2008, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB. Art. 2º — Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a los productos de promoción originarios y procedentes de los países participantes en la Exposición objeto del presente decreto.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.