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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto Nº 1329 |
28/09/2009 |
Fecha: |
05/10/2009 |
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Dependencia: |
DE-1329-2009-PEN |
Tema: |
POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA |
Asunto: |
Apruébase el
Reglamento de Investigaciones Administrativas. |
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VISTO el Expediente Nº S02:0002299/2007 del registro de
la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA,
las Leyes Nros. 24.059 de Seguridad Interior,
26.102 de Seguridad Aeroportuaria y 26.338, los Decretos Nros.
145 de fecha 22 de febrero de 2005, 707 del 24 de abril de 2008, 785 del 12
de mayo de 2008, 836 del 19 de mayo de 2008 y 1755 del 23 de octubre de 2008,
y |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante el Decreto Nº 145/05 se dispuso la intervención de
la POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, estableciéndose en su artículo 3º que el Interventor de la
misma debería efectuar y/o proponer las reestructuraciones que considerara
pertinentes a los fines de proceder a la normalización del funcionamiento de
la citada Fuerza. |
Que
por el artículo 72 de
la Ley Nº
26.102 de Seguridad Aeroportuaria se dispuso que el PODER EJECUTIVO NACIONAL establecerá
el régimen disciplinario de
la
POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA que contendrá el
conjunto de faltas disciplinarias leves, graves y muy graves que pudiera
cometer el personal policial de la institución en el cumplimiento de sus
funciones a través de la violación de los deberes y obligaciones establecidos
en la referida ley y en las reglamentaciones y disposiciones derivadas de ella,
así como las sanciones administrativas correspondientes a dichas faltas. |
Que,
mediante
la Ley Nº
26.338, modificatoria de
la Ley
de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92), operó el
traspaso de los cometidos inherentes a la seguridad interior de la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS. |
Que,
consecuentemente, por el artículo 3º de la mencionada Ley se transfirieron al
ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS,
la SECRETARIA DE
SEGURIDAD INTERIOR,
la GENDARMERIA NACIONAL,
la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA,
la
POLICIA FEDERAL ARGENTINA,
la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA,
el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS,
la
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE
LA POLICIA FEDERAL
ARGENTINA, y sus áreas dependientes, así como sus competencias, unidades
organizativas con sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones
de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios. |
Que
mediante el dictado del Decreto Nº 707/08 se modificó la estructura
organizativa de
la
SECRETARIA DE SEGURIDAD |
INTERIOR
del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, incorporándose
la Dirección de Control
Policial de
la POLICIA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA. |
Que
a través del dictado del Decreto Nº 785/08 se aprobó la estructura orgánica y
funcional de
la POLICIA
DE SEGURIDAD |
AEROPORTUARIA dependiente del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS. |
Que
por el Decreto Nº 836/08 se aprobó el Régimen Profesional del Personal
Policial de
la POLICIA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA. |
Que
por el Reglamento de Investigaciones Administrativas para el personal
policial de
la POLICIA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA que se aprueba, se establece el procedimiento
disciplinario en caso de faltas leves, graves y muy graves; el inicio,
procedencia y requisitos de los sumarios administrativos; los medios de
prueba; los recursos; los órganos de control policial (Dirección de Control
Policial de
la Policía
de Seguridad Aeroportuaria, Auditoría de Asuntos
Internos, Tribunal de Disciplina Policial, Defensoría del Policía de
Seguridad Aeroportuaria) y el procedimiento ante cada uno de ellos; las nulidades
y el procedimiento especial en casos de accidentes en ocasión del servicio. |
Que
en consecuencia también resulta necesario aprobar un Reglamento de
Investigaciones Administrativas específico para el personal policial de
la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
que recepte las particularidades propias de la función policial aeroportuaria. |
Que
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la
intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del
artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL. |
Por ello, |
LA PRESIDENTA DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo
1º — Apruébase el REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES
ADMINISTRATIVAS DEL PERSONAL POLICIAL DE
LA POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA que como Anexo I forma parte del presente Decreto. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.— FERNANDEZ DE
KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak. |
NOTA:
El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en
la Sede Central
de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad
Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar |
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