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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto Nº 1316 |
11/08/2008 |
Fecha: |
13/08/2008 |
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Dependencia: |
DE-1316-2008-PEN |
Tema: |
FERIAS INTERNACIONALES |
Asunto: |
Declárase de
Interés Nacional, la participación argentina en
la Feria Internacional
del Libro de Francfort, edición 2010, que se llevará a cabo en la ciudad de
Francfort, República Federal de Alemania. |
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VISTO el Acuerdo firmado entre el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y
la Sociedad de
Responsabilidad Limitada Exposiciones y Ferias (Austellung und Messe GMBH) de
la REPUBLICA FEDERAL
DE ALEMANIA, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la REPUBLICA
ARGENTINA fue designada como país Invitado de Honor a la
edición 2010 de
la
Feria Internacional del Libro de Francfort. |
Que
dicha Feria será un ámbito propicio para llevar al escenario internacional la
celebración del Segundo Centenario de
la Revolución de Mayo. |
Que
entre los objetivos de gestión delegados al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se encuentra el de promover las
manifestaciones de la cultura de forma de presentar ante el mundo una visión
integral de la sociedad argentina, en las actividades de difusión de la
cultura en el exterior. |
Que
la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS,
la
Secretaría de Medios de Comunicación de
la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS,
la
Secretaría de Cultura y
la Secretaría de Turismo
de
la PRESIDENCIA DE
LA NACION
han intervenido favorablemente en el ámbito de sus respectivas competencias. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete. |
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL. |
Por ello, |
LA PRESIDENTA DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo
1º — Declárase de Interés Nacional, en calidad de
Invitado de Honor, la participación argentina en
la Feria Internacional
del Libro de Francfort, edición 2010, que se llevará a cabo en la ciudad de
Francfort, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, entre los días 6 y 10 de octubre de
2010. |
Art.
2º — Asígnase la responsabilidad de llevar adelante
la organización de la participación argentina en la mencionada Feria al MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. |
Art.
3º — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO un Comité Organizador para la participación argentina en
la Feria Internacional
del Libro de Francfort edición 2010, con el fin de llevar a cabo las acciones
necesarias para la preparación y organización de la participación argentina
en dicho evento. El mencionado Comité se constituirá en un plazo máximo de
TREINTA (30) días a partir de la fecha del presente Decreto. |
Art.
4º — El Comité Organizador estará presidido por un funcionario del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y estará integrado
por representantes de las siguientes instituciones, cada una de las cuales
deberá designar UN (1) representante titular con rango no inferior a
Subsecretario y UN (1) representante alterno |
con
rango no inferior a Director: |
•
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, |
•
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de
la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, |
•
SECRETARIA DE CULTURA DE
LA
NACION de
la PRESIDENCIA DE
LA NACION, |
•
SECRETARIA DE TURISMO DE
LA
NACION de
la PRESIDENCIA DE
LA NACION, |
•
SECRETARIA GENERAL de
la
PRESIDENCIA DE
LA
NACION, |
•
FUNDACION EXPORT.AR. |
Art.
5º — Invítase a
la CAMARA ARGENTINA
DEL LIBRO, a
la
CAMARA ARGENTINA DE PUBLICACIONES, |
a
la SOCIEDAD ARGENTINA
DE ESCRITORES y a
la
FUNDACION EL LIBRO a integrar el Comité Organizador, para
lo cual designarán a UN (1) representante titular y UN (1) representante
suplente. |
Art.
6º — El Comité Organizador tendrá a su cargo la formulación e implementación
de propuestas para organizar la participación de nuestro país a fin de lograr
la mejor manera de representar a
la REPUBLICA ARGENTINA
en el mencionado encuentro internacional. |
Art.
7º — El Comité Organizador podrá invitar a participar o requerir la opinión y
el asesoramiento de instituciones y organismos públicos y privados a fin de
cumplir satisfactoriamente su cometido. |
Art.
8º — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a
otorgar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO, conforme a las posibilidades de financiamiento existentes, una partida
especial para atender los gastos que demande el cumplimiento del presente
Decreto en el año en curso. |
Art.
9º — El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
deberá prever, en las partidas correspondientes a su presupuesto, los gastos
que demande el cumplimiento del presente Decreto durante los ejercicios 2009
y 2010. |
Art.
10. — Facúltase al Ministro de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto a designar al Comisario General del Pabellón
Argentino en
la
Feria Internacional del Libro Francfort edición 2010. |
Art.
11. — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Jorge E. Taiana. |
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