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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto Nº 1359 |
30/09/2009 |
Fecha: |
02/10/2009 |
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Dependencia: |
DE-1359-2009-PEN |
Tema: |
CONTROL DE ESTUPEFACIENTES Y
SUSTANCIAS PSICOTROPICAS |
Asunto: |
Créase
la Comisión Nacional
Coordinadora de Políticas Públicas en Materia de Prevención y Control del
Tráfico Ilícito de Estupefacientes,
la Delincuencia Organizada
Transnacional y la Corrupción. |
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VISTO el Expediente Nº 4444/2009 del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS,
la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y
sus modificaciones, el Presupuesto de
la Administración Nacional
para el Ejercicio 2009 aprobado por
la Ley Nº 26.422 y distribuido por
la Decisión Administrativa
Nº 2 del 9 de enero de 2009, las Leyes Nros.
25.632, 26.097, 24.072 y
la
Resolución Nº 433 del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la REPUBLICA
ARGENTINA, mediante la reforma de
la CONSTITUCION NACIONAL
del año
1994, ha
incorporado la jerarquía supralegal de los tratados
y concordatos, conforme el Artículo 75 inciso 22, asumiendo compromisos
internacionales en particular
la CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES |
Y
SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, aprobada en la ciudad de Viena, REPUBLICA DE
AUSTRIA y ratificada por
la
Ley Nº 24.072,
la CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL, ratificada por Ley Nº 25.632 y
la CONVENCION DE LAS
NACIONES UNIDAS CONTRA LA |
CORRUPCION,
adoptada en la ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y ratificada por Ley Nº 26.097. |
Que
dentro de este esquema y a nivel regional ocupan un lugar relevante dentro de
las políticas públicas la coordinación y armonización normativa conforme lo
establece el Artículo 1 “in fine” del TRATADO DE ASUNCION suscripto el 26 de
marzo de 1991, en el establecimiento y consolidación de las políticas
criminales comunes que permitan diseñar estrategias eficaces en la lucha
contra el delito local y transnacional dentro del marco del respeto al Estado
de Derecho. |
Que
dichos instrumentos internacionales imponen compromisos al Estado argentino,
el que a fin de cumplir con sus obligaciones legales requiere de herramientas
idóneas para responder a las crecientes demandas de nuestras sociedades que
reclaman por mejores políticas coordinadas, sean éstas estatales,
intergubernamentales o regionales, para lo que se requiere un abordaje
integral que revise y estudie toda la reglamentación vigente en lo que
respecta a la delincuencia organizada transnacional, el lavado de activos, la
corrupción y el tráfico ilícito de estupefacientes, desde una perspectiva
interdisciplinaria que posibilite la reforma y actualización legislativa en
la materia. |
Que
la extensión del territorio común y el carácter complejo de la organización
política y normativas adoptadas por cada administración, aconsejan el estudio
de lineamientos comunes, como el establecimiento de políticas públicas
coordinadas entre las diferentes áreas de
la Administración Pública
Nacional, y Regional para que con la participación de todos ellos conforme
surge de diversos documentos y dictámenes elaborados por el COMITE CIENTIFICO
ASESOR EN MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS
PSICOTROPICAS Y CRIMINALIDAD COMPLEJA creado por
la Resolución Nº 433
del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS, se arribe al diseño de políticas y estrategias que den respuestas a
esta compleja problemática. |
Que
a tales fines, el Jefe de Gabinete de Ministros tiene a su cargo, de acuerdo
a las competencias que le otorga
la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del
12 de marzo de 1992) y sus modificaciones ejercer la administración general
del país y asistir al PRESIDENTE DE
LA NACION en la conducción política de dicha
administración, coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y,
de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control
estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e
incrementar su eficacia; entender en el perfeccionamiento de la organización y
funcionamiento de
la Administración Pública Nacional, procurando
optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y
financieros con que cuenta y en la aplicación de los tratados internacionales
relacionados con los temas de su competencia. |
Que a fin de posibilitar el cumplimiento de tales
objetivos resulta oportuna y conveniente la creación, en el ámbito de
la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de
la
COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN
MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION, con el fin de fortalecer la intervención pública
en la materia, su coordinación y la cooperación entre todas las áreas de
la Administración Pública
Nacional, como así también convocar a representantes de los Gobiernos Provinciales
y a expertos nacionales e internacionales a integrarse al mismo. |
Que
en consecuencia resulta conveniente crear un CONSEJO ASESOR a la citada
Comisión Nacional, con el fin de asistirla en los temas de su incumbencia, el
que estará conformado por los integrantes del ex COMITE CIENTIFICO ASESOR EN
MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS
PSICOTROPICAS |
Y
CRIMINALIDAD COMPLEJA creado por
la Resolución 433/08 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS e integrado por magistrados, profesores nacionales
concursados en materia penal, y prestigiosas personalidades de reconocida trayectoria
en la materia, los que actuarán con carácter ad-honorem. |
Que
resulta conveniente crear, con dependencia directa del Jefe de Gabinete de
Ministros, el cargo extraescalafonario de
SECRETARIO EJECUTIVO con rango y jerarquía de Secretario de Estado y el cargo extraescalafonario de COORDINADOR TECNICO, el que
tendrá rango y jerarquía de Director General con una remuneración equivalente
a un cargo Nivel |
A – Grado 0 Función Ejecutiva I del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008,
en el ámbito de la mencionada Comisión Nacional. |
Que
para ello, y en virtud de lo establecido por el Artículo 6º de
la Ley Nº 26.422, resulta menester
efectuar una compensación de cargos. |
Que, asimismo, el Artículo 7º de dicha ley dispuso
el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Nacional
y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de
Ministros. |
Que
por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió
el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de
la Administración Pública
Nacional. |
Que
la señora Da. Mónica Lilian CUÑARRO (M.I. Nº 16.788.553) reúne las exigencias de idoneidad y
experiencia necesarias para cubrir el Cargo de Secretario Ejecutivo de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION. |
Que
el señor D. Alberto Eduardo Santiago CALABRESE (M.I.
Nº 7.549.229) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para
cubrir el Cargo de Coordinador Técnico de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION. |
Que
han tomado la intervención de su competencia
la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA
de
la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y
la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de
la PRESIDENCIA DE LA
NACION. |
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 99, inciso 1 de
la CONSTITUCION NACIONAL, los Arts.
6º, 7º y 10 de
la Ley Nº
26.422 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02. |
Por
ello, |
LA
PRESIDENTA DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo
1º — Créase en el ámbito de
la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION, con el objeto de elaborar y proponer políticas
públicas nacionales y regionales en materia de lucha contra la delincuencia
organizada transnacional, el lavado de activos, la corrupción y el tráfico
ilícito de estupefacientes, conforme las Leyes Nros.
25.632, 26.097 y 24.072, estableciendo espacios institucionales
interministeriales, intergubernamentales e interregionales asesorando en
todos los aspectos al Jefe de Gabinete de Ministros, a fin de coordinar un
accionar conjunto para la optimización de las políticas públicas. |
Art.
2º — Créanse en el ámbito de
la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS
EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION los cargos extraescalafonarios de Secretario Ejecutivo, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario de
Estado, y de Coordinador Técnico, con rango y jerarquía de Director General
con una remuneración equivalente a un cargo Nivel A - Grado 0 Función
Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098
del 3 de diciembre de 2008. |
Art.
3º —
La COMISION
NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE
PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION tendrá los siguientes objetivos: |
a)
Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros para la necesaria implementación de
los mecanismos normativos que profundicen la lucha contra la corrupción,
mejoren el control del lavado producto de la delincuencia organizada
transnacional, conforme instrumentos internacionales y las Leyes Nros. 25.632, 26.097 y 24.072, de conformidad a
la CONSTITUCION NACIONAL,
en cuanto a analizar y estudiar la normativa penal, procesal penal, de
ejecución, cooperación penal internacional, y organización de los tribunales
penales y del MERCOSUR a efectos de trabajar en un plan de trabajo y
armonización legislativa. |
b)
Identificar organismos estatales, privados o de la sociedad civil, que
aborden la temática, con los consiguientes anteproyectos normativos,
objetivos, competencia, tipo y modo de reforma y plazos de ejecución a
llevarse a cabo por las diversas áreas competentes para el mejor
aprovechamiento de los recursos disponibles. |
c)
Estudiar los lineamientos y diseñar diversos planes en materia de Prevención
y Coordinación del Control de
la Delincuencia Organizada
Transnacional, Corrupción y el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, que
comprenda cada sector competente de
la Administración Pública
Nacional, desde una perspectiva interdisciplinaria, tendiente a coordinar una
política criminal común a nivel nacional y en la región. |
d)
Estudiar la coordinación de las políticas criminales, conforme los
compromisos internacionales asumidos en materia de cooperación penal
internacional en la materia. |
e)
Realizar periódicamente informes, estudios y proponer modelos de capacitación
específicos para los sectores intervinientes que
permita elevar los niveles de compromisos internacionales y nacionales
asumidos por el Estado argentino, así como a especialistas de los restantes
países miembros del MERCOSUR. |
f)
Estudiar un protocolo regional, tendiente a coordinar entre los países
miembros del MERCOSUR, un régimen común sobre el producto de la delincuencia
transnacional y organizada, la incautación de bienes producto de la
delincuencia compleja, la criminalidad organizada, el narcotráfico y el
lavado de dinero. |
g)
Definir las debilidades y fortalezas de los organismos estatales o privados intervinientes y asesorar a su respecto, respetando los
recursos disponibles, conforme los compromisos asumidos. |
h)
Asesorar en el diseño de una reforma legislativa de delitos que atentan
contra el orden socioeconómico del ESTADO NACIONAL. |
i)
Realizar estudios empíricos sobre el funcionamiento de los actores estatales
y privados en materia de prevención del lavado de activos, y producto de la
delincuencia organizada, que permitan obtener insumos al Estado a fin de
mejorar la política criminal al respecto. |
g)
Estudiar y proponer mecanismos procesales y técnicas de investigación
complejas para mejorar la investigación de los delitos provenientes de la
delincuencia económica compleja, narcotráfico, delincuencia organizada y
corrupción como herramienta eficaz para la recuperación de activos, como de
técnicas de investigación complejas e integrarlas a una reforma legal
específica. |
Art.
4º — Modifícase la distribución del Presupuesto de
la Administración Nacional
— Recursos Humanos — en la parte correspondiente a
la Jurisdicción 25
-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para el Ejercicio 2009, de acuerdo al
detalle obrante en
la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte
integrante del mismo. |
Art.
5º — Apruébanse las funciones del Secretario
Ejecutivo y del Coordinador Técnico de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION las que como Anexo I forman parte integrante del
presente decreto. |
Art.
6º — Desígnase Secretaria Ejecutiva de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, a
la Doctora Mónica Lilian CUÑARRO (M.I. Nº
16.788.553), como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de
la Ley Nº 26.422. |
Art.
7º — Desígnase Coordinador Técnico de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros,
al Licenciado Alberto Eduardo Santiago CALABRESE (M.I.
Nº 7.594.229), como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de
la Ley Nº 26.422. |
Art.
8º —
La Comisión
Nacional que se crea por el presente contará para su mejor
funcionamiento con un CONSEJO ASESOR con el fin de asistirla en los temas de
su incumbencia, el que estará conformado por los integrantes del ex COMITE
CIENTIFICO ASESOR EN MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE
ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y CRIMINALIDAD COMPLEJA, creado por
la Resolución Nº
433/08 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS e integrado
por magistrados, profesores nacionales concursados en materia penal, y prestigiosas
personalidades de reconocida trayectoria en la materia. El desempeño de los
integrantes del CONSEJO ASESOR será ad - honorem. |
Art.
9º —
La COMISION
NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE
PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y
LA
CORRUPCION podrá solicitar a los distintos niveles de
gobierno, al sector privado, a las asociaciones civiles y/o de especialistas,
nacionales e internacionales, su participación para asesorar y analizar los
aspectos normativos, sanitarios, educativos y de investigación vinculados con
las materias de su competencia. |
Art.
10. — Derógase
la Resolución Nº 433
del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS. |
Art.
11. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el
corriente ejercicio de
la
Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. |
Art.
12. — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros
para dictar las normas aclaratorias y/o complementarias del presente decreto. |
Art.
13. — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Amado Boudou. — Julio C. Alak. |
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ANEXO I |
COMISION NACIONAL COORDINADORA DE
POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE
ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA
CORRUPCION |
SECRETARIO EJECUTIVO |
FUNCIONES |
1.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, en todas las actividades que éste
le encomendare a fin de cumplir con los objetivos señalados en el Artículo 3º
del presente decreto. |
2.
Elaborar y proponer la realización de relevamientos sobre los distintos programas que sobre la temática se desarrollan en el
ámbito público, privado y no gubernamental a nivel nacional y del MERCOSUR. |
3.
Elaborar y proponer las bases para la formulación del plan estratégico
nacional en materia de prevención y coordinación del control de la
delincuencia organizada transnacional, la corrupción y el tráfico ilícito de
estupefacientes. |
4.
Recabar y analizar acciones llevadas a cabo por otros países con
problemáticas similares. |
5.
Invitar a expertos nacionales e internacionales a asesorar a la Comisión
Nacional. |
6.
Convocar a organizaciones del sector no gubernamental y privado para debatir
cada uno de los temas específicos, conformando subcomisiones de trabajo. |
7.
Proponer modificaciones normativas en base al trabajo conjunto de los
organismos involucrados y la participación y asesoramiento de expertos. |
8.
Proponer la construcción de alianzas estratégicas que permitan un adecuado
desarrollo de los cometidos de
la COMISION NACIONAL
COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES,
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION. |
COORDINADOR TECNICO |
FUNCIONES |
1.
Asistir al Secretario Ejecutivo de
la Comisión Nacional,
en todas las actividades que éste le encomendare a fin de cumplir con los
objetivos asignados al Consejo Asesor creado por el Artículo 10 del presente
decreto. |
2.
Reemplazar al Secretario Ejecutivo de
la Comisión Nacional
cuando éste así lo determine. |
3.
Asistir al Secretario Ejecutivo en la identificación y convocatoria de
expertos en el tema. |
4.
Coordinar desde el punto de vista técnico la elaboración de propuestas
normativas, conciliando los distintos proyectos que se presenten sobre cada
tema. |
PLANILLA
ANEXA AL ARTICULO 4º |
PRESUPUESTO
2009 |
RECURSOS
HUMANOS |
JURISDICCION
25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
ENTIDAD:
000 |
PROGRAMA:
01 – ACTIVIDADES CENTRALES |
ACTIVIDAD:
03 – ADMINISTRACION |
CARGO
O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS |
PERSONAL
PERMANENTE |
FUNCIONARIOS
FUERA DE NIVEL |
Secretario
Ejecutivo de
la Comisión
Nacional Coordinadora de Políticas Públicas en Materia de Prevención
y Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes,
la Delincuencia Organizada
Transnacional y
la
Corrupción. +1 |
Coordinador
Técnico de
la
Comisión Nacional Coordinadora de Políticas Públicas en
Materia de Prevención y Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes,
la Delincuencia Organizada
Transnacional y
la
Corrupción. +1 |
Subtotal
Escalafón +2 |
PERSONAL
DEL SINEP – Decreto Nº 2098/08 y modificatorios |
E
-1 |
F
-1 |
Subtotal
Escalafón -2 |
TOTAL
PROGRAMA 0 |
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