Detalle de la norma DC-9-2009-CMC
Decisión Nro. 9 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2009
Asunto Sistemas de pagos en moneda local
Boletín Oficial
Fecha: 25/09/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Decisión  Nº 9

24/07/2009

Fecha:

 
 

Dependencia:

DC-9-2009-CMC

Tema:

MERCOSUR

Asunto:

SISTEMA DE PAGOS EN MONEDA LOCAL

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 38/06 y 25/07 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el proceso de integración del MERCOSUR tiende a la coordinación progresiva de las políticas macroeconómicas entre los Estados Partes, conforme a lo previsto en el Tratado de Asunción.

Que el uso de moneda local en el comercio entre los Estados Partes del bloque a partir de la implementación de la Decisión CMC Nº 25/07 “Transacciones Comerciales en Monedas Locales” ha resultado un importante instrumento para la profundización de la integración regional y la reducción de los costos financieros en las transacciones comerciales entre los Países signatarios.

Que los Estados Partes consideran que los beneficios del pago en moneda local deben extenderse a las transacciones de cualquier naturaleza.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:

Art. 1 - El sistema de pagos en moneda local, podrá ser empleado para transacciones de cualquier naturaleza realizadas entre los Estados Partes de MERCOSUR.

Los nuevos conceptos de pago que se incorporen al mecanismo y las condiciones de operación deberán ser acordados en forma bilateral por los Bancos Centrales de los respectivos Estados Partes.

Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXVII CMC – Asunción, 24/VII/09

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-38-2006-CMC Sistemas de pagos en moneda local