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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº
2 |
24/07/2009 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DC-2-2009-CMC |
Tema: |
FONDO PARA
LA CONVERGENCIA
ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR |
Asunto: |
PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE
LA BIBLIOTECA UNILA
- BIUNILA Y DEL INSTITUTO MERCOSUR DE ESTUDIOS AVANZADOS - IMEA, DE
LA UNIVERSIDAD FEDERAL
DE
LA
INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA - UNILA, EN
LA REGIÓN TRINACIONAL
EN FOZ DE IGUAZÚ, EN EL ESTADO DE PARANÁ, BRASIL |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 45/04, 18/05, 24/05 y 51/08 del Consejo del Mercado
Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
las Decisiones CMC N° 45/04, 18/05 y 24/05 aprobaron
la creación, integración y reglamentación del Fondo para
la Convergencia Estructural
del MERCOSUR (FOCEM). |
Que
la Decisión CMC N° 51/08 aprobó el presupuesto del FOCEM para el
año 2009. |
Que,
de conformidad a lo establecido por el Art. 47 de
la Dec. CMC
Nº 24/05,
la
Unidad Técnica FOCEM (UTF/SM), conjuntamente con el Grupo Ad Hoc de Expertos del FOCEM, evaluó el “Proyecto de Implementación de
la Biblioteca UNILA
- BIUNILA y del Instituto MERCOSUR de Estudios Avanzados - IMEA, de
la Universidad Federal
de
la
Integración Latinoamericana - UNILA, en
la Región Trinacional en Foz de Iguazú, en el
Estado de Paraná, Brasil”, presentado por
la República Federativa del Brasil. |
Que
la UTF/SM emitió
un dictamen técnico favorable a la aprobación del proyecto, que contiene recomendaciones
que deberán tenerse en cuenta en la fase de ejecución. |
Que
la Comisión de
Representantes Permanentes del MERCOSUR y el Grupo Mercado Común evaluaron el
dictamen técnico presentado y elevaron el mencionado proyecto, considerado
técnica y financieramente viable, para su aprobación. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE: |
Art.
1 - Aprobar el “Proyecto de
Implementación de
la
Biblioteca UNILA -
BIUNILA y del Instituto MERCOSUR de Estudios Avanzados - IMEA, de
la Universidad Federal
de
la
Integración Latinoamericana - UNILA, en
la Región Trinacional en Foz de Iguazú, en el Estado de Paraná, Brasil”, presentado por
la República Federativa
del Brasil, por un monto total de US$ 22.000.000 (veintidós
millones de dólares estadounidenses), de los cuales US$ 17.000.000 (diecisiete millones de dólares estadounidenses) son aportados por
el FOCEM y US$ 5.000.000 (cinco millones de dólares
estadounidenses) son aportados por
la República Federativa
del Brasil en carácter de contrapartida nacional. Dicho proyecto consta como
Anexo y forma parte de la presente Decisión, únicamente en idioma portugués. |
Art.
2 - Instruir al Director de
la
Secretaría del MERCOSUR a elaborar, por
intermedio de
la UTF/SM,
el instrumento jurídico relativo a la ejecución y al cronograma de
financiamiento del proyecto mencionado en el Artículo 1 de la presente
Decisión y a suscribirlo con
la República Federativa
del Brasil. |
En
el citado instrumento jurídico se incluirán las recomendaciones formuladas
por
la UTF/SM
en su dictamen técnico, como asimismo las observaciones al respecto
realizadas en el ámbito de
la
CRPM. |
Art.
3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento
del MERCOSUR. |
XXXVII
GMC – Asunción, 24/VII/09. |
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