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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 14 |
02/07/2009 |
Fecha: |
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Dependencia: |
RE-14-2009-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
SUB-ESTÁNDAR 3.7.11. REQUISITOS
FITOSANITARIOS PARA LOTUS SPP. (LOTUS) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA
LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE
LA RES. GMC N° 35/03) |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Decisión Nº
06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 52/02 y 35/03 del
Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
por Resolución GMC Nº 35/03, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Lotus spp. (lotus) a ser aplicados en el intercambio comercial
entre los Estados Partes. |
Que
es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios
antes citados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los
Estados Partes. |
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE: |
Art.
1 - Aprobar el “Sub-estándar 3.7.11. Requisitos
Fitosanitarios para Lotus spp.
(lotus) según País de
Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución. |
Art.
2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la
presente Resolución son: |
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA |
Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA |
Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA |
Secretaria
de Defesa Agropecuária -
SDA |
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG |
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de
Semillas - SENAVE |
Uruguay:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP |
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA |
Art.
3 - Derogar
la
Resolución GMC N° 35/03. |
Art.
4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes antes del 01/I/2010. |
LXXVI
GMC - Asunción, 02/VII/09. |
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SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR |
SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS |
3.7.11.
Requisitos Fitosanitarios para Lotus spp. según País de Destino y Origen, para los Estados
Partes |
2009 |
I-
INTRODUCCIÓN |
1.-
ÁMBITO |
Este Sub-estándar presenta los requisitos
fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lotus spp. |
2.-
REFERENCIAS |
Estándar
3.7 Requisitos Fitosanitarios
Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales,
2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02. |
Listado
Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2008. |
Listados
Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados
Partes, 2009. |
3.-
DESCRIPCIÓN |
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios
armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Lotus spp., en sus diferentes presentaciones y organizados por
país de destino y origen. |
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II.
11. A.
PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA |
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. |
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CATEGORÍA
4 |
CLASE
3: Semillas. |
Código:
LOTSS 21301034 |
Requisitos
fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el
CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones
Adicionales: |
No
hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay. |
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II.
11. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL |
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. |
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CATEGORÍA
4 |
CLASE
3: Semillas. |
Código:
LOTSS 21301034 |
Requisitos
fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el
CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones
Adicionales: |
No
hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
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II.
11. C.
PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY |
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. |
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CATEGORÍA
4 |
CLASE
3: Semillas. |
Código:
LOTSS 21301034 |
Requisitos
fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el
CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones
Adicionales: |
No
hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay. |
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II.
11. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY |
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. |
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CATEGORÍA
4 |
CLASE
3: Semillas. |
Código:
LOTSS 21301034 |
Requisitos
fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el
CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones
Adicionales: |
No
hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay. |
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