Detalle de la norma RE-13-2009-GMC
Resolución Nro. 13 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2009
Asunto Requisitos fitosanitarios para Rye Grass según país de destino y origen
Boletín Oficial
Fecha: 22/09/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 13

02/07/2009

Fecha:

 
 

Dependencia:

RE-13-2009-GMC

Tema:

MERCOSUR

Asunto:

SUB-ESTÁNDAR 3.7.10. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOLIUM SPP. (RYE GRASS)  SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC 34/03)

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 52/02 y 34/03 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución GMC Nº 34/03, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes citados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Sub-estándar  3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil: Ministério da Agricultura, PecuáriaAbastecimento - MAPA

Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC 34/03.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2010.

LXXVI GMC - Asunción, 02/VII/09.

 

SUB-ESTÁNDAR  FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp. según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

2009

I- INTRODUCCIÓN

1.- ÁMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp.

2.- REFERENCIAS

Estándar 3.7  Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.

Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2008.

Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2009.

3.- DESCRIPCIÓN

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp., en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

 
 

II. 10. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA

 

            REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: LOLSS 21301034

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Brasil,  Paraguay ni Uruguay.

 

II. 10. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

 

            REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: LOLSS 21301034

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.

 

II. 10. C. PAÍS DE DESTINO PARAGUAY

 

            REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.  

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: LOLSS 21301034 

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.

 

II. 10. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY

 

            REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: LOLSS 21301034

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-230-2010-MAGP Relaciona Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF)
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RE-34-2003-GMC Requisitos fitosanitarios para Rye Grass según país de destino y origen