|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 639 |
16/09/2009 |
Fecha: |
22/09/2009 |
|
|
Dependencia: |
RE-639-2009-SAGPA |
Tema: |
AGRICULTURA |
Asunto: |
Creáse el
Programa de Apoyo al Desarrollo de Cadenas Agroindustriales. |
|
|
VISTO el Expediente Nº S01:0169816/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
es política del Gobierno Nacional, generar las condiciones y los instrumentos
que promuevan las inversiones en las cadenas productivas como síntesis eficaz
para el desarrollo de la agroindustria en la REPUBLICA ARGENTINA. |
Que
resulta conveniente propiciar, como propuesta superadora, la innovación
tecnológica en los aspectos productivos, así como impulsar la articulación de
los distintos actores de la cadena productiva. |
Que
el acceso a tecnologías es esencial para fortalecer la capacidad para poder
insertarse en el mercado en forma competitiva y a la vez impulsar el objetivo
de aumentar rendimientos y productividad. |
Que
a ello se suma la posibilidad de acceder a fuentes de financiamiento
formales, lo que hace necesario pensar en instrumentos apropiados y a la
medida de cada producción. |
Que en este marco es de suma importancia la
promoción de proyectos que utilicen a la producción primaria como base de
emprendimientos agroindustriales que agreguen valor al producto, creen
empleo, aprovechen oportunidades de mercado y provean a la sustentabilidad de los recursos naturales. |
Que
la demanda de los proyectos agroindustriales requiere de distintos tipos de apoyo
provenientes de diferentes fuentes y organismos que operan sobre la cadena atendiendo
necesidades puntuales. |
Que
el Gobierno Nacional a través de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se encuentra comprometido con el
objetivo de consolidar el proceso de crecimiento de la competitividad de las
cadenas agroindustriales, propendiendo a aumentar el impacto de las mismas en
el desarrollo regional, provincial y local. |
Que
se encuentran dentro los objetivos de
la SUBSECRETARIA DE
AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, la coordinación de acciones tendientes al fortalecimiento de la
competitividad de las cadenas alimentarias y
agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial
que promuevan la generación de valor, vinculando su accionar con las áreas
pertinentes y el diseño y la propuesta de acciones para la promoción de la
competitividad, del agregado de valor, de la calidad y la diferenciación de
productos, coordinando su accionar con otros organismos con competencia en la
materia. |
Que,
asimismo, el Gobierno Nacional dispone de instrumentos idóneos para
fortalecer las cadenas agroindustriales tanto en la citada Secretaría, como
en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado
en la órbita de la referida Secretaría y en el PROGRAMA DE SERVICIOS
AGRICOLAS PROVINCIALES (PROSAP), actuante en el ámbito de la citada
Secretaría. |
Que
es necesario establecer un marco de articulación de las herramientas
existentes en el ámbito central de la mencionada Secretaria que permita
potenciar su impacto en el desarrollo de las cadenas agroindustriales. |
Que
en casos de necesidades concretas de intervención pública, resulta
conveniente que ésta abarque desde la formulación hasta la puesta en marcha
del proyecto, en todo el proceso o en algunas de sus etapas. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado
la intervención de su competencia, conforme a lo establecido por el Artículo
11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el
Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009. |
Que
la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el
Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Créase el PROGRAMA DE APOYO AL DESARROLLO DE CADENAS AGROINDUSTRIALES, en
adelante EL PROGRAMA, en el ámbito de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION. |
Art.
2º — El PROGRAMA tiene como objetivo principal el apoyo público institucional
a proyectos de radicación local que mejoren la integración de la cadena
agroindustrial, que agreguen valor al producto, creen empleo y aprovechen oportunidades
de mercados, propiciando la innovación tecnológica en los aspectos
productivos e impulsando la articulación de los distintos actores de la
cadena productiva, tomando en cuenta aspectos socio – económicos y de
intensificación productiva sustentable. |
Art.
3º — El PROGRAMA será de alcance nacional y aplicable a proyectos que
involucren actividades en la transformación de la producción primaria, desde
su formulación y hasta la puesta en marcha, pudiendo involucrar necesidades concretas
en el proceso o en algunas de sus etapas. |
Art.
4º — El PROGRAMA será coordinado por
la SUBSECRETARIA DE
AGROINDUSTR1A Y MERCADOS de la mencionada Secretaría, a través de un Comité
de Coordinación compuesto por el Subsecretario de Agroindustria y Mercados, el
Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado
en la órbita de la referida Secretaría y el Coordinador Ejecutivo del
PROGRAMA DE SERVICIOS AGRICOLAS PROVINCIALES (PROSAP), actuante en el ámbito
de la citada Secretaría, o quienes ellos designen. |
Art.
5º — Las funciones del Comité de Coordinación serán: |
a)
Acordar un reglamento de funcionamiento. |
b)
Constituir los equipos técnicos para cumplir con los objetivos del PROGRAMA. |
c)
Priorizar actividades o sectores en los que se coordinarán acciones. |
d)
Seleccionar proyectos que cumplan con los objetivos del PROGRAMA. |
e)
Articular las acciones entre las partes, tanto en su seguimiento como en la
evaluación de impacto. |
Art.
6º — El Comité de Coordinación seleccionará y priorizará los proyectos que se
presenten de acuerdo a los siguientes criterios: |
a)
Impacto del proyecto en el sistema agroindustrial. |
b)
Articulación entre los participantes de la cadena. |
c)
Nivelación de las asimetrías entre los distintos participantes de la cadena. |
d)
Absorción de mano de obra local. |
e)
Nivel de exportación y/o sustitución de importación. |
f) Sustentabilidad económica y ambiental del proyecto. |
Art.
7º — Los proyectos que resultaren priorizados por el Comité de Coordinación
actuante en el ámbito de la mencionada Subsecretaría, podrán recibir los
apoyos de relevancia, en forma articulada, que brindan los diferentes
programas nacionales. |
Art.
8º — La citada Subsecretaría, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA y el PROGRAMA DE SERVICIOS AGRICOLAS PROVINCIALES comprometen el
aporte de los recursos humanos y materiales necesarios para llevar adelante
el programa creado por el Artículo 1º de la presente medida. |
Art.
9º — El gasto que demande a
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION la implementación del referido
programa será atendido con cargo al presupuesto vigente de la citada
Secretaría. |
Art.
10. — La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
11. — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
|
|