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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 655 |
16/09/2009 |
Fecha: |
22/09/2009 |
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Dependencia: |
RE-655-2009-SAGPA |
Tema: |
EXPORTACIONES |
Asunto: |
Procédase a la apertura del Registro
de Empresas Exportadoras de Pasta de Maní con destino a los Estados Unidos
de América, dentro del cupo tarifario correspondiente al año 2010. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0337636/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, el Decreto Nº 2284 del 31 de octubre de 1991,
modificado por su similar Nº 2488 del 26 de noviembre de 1991, ambos
ratificados por
la Ley Nº
24.307, el Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991, modificado por su
similar Nº 1172 del 10 de julio de 1992,
la Resolución Nº 60
del 27 de diciembre de 2007, de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por su
similar Nº 80 del 10 de febrero de 2009, de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, el Memorándum de Entendimiento como resultado de
la RONDA URUGUAY de
las Negociaciones de Acceso a los Mercados sobre Agricultura entre los ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA y
la
REPUBLICA ARGENTINA, firmado en
la Ciudad de Ginebra
(CONFEDERACION SUIZA) el 9 de agosto de 1995 dentro del marco del ACUERDO
GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), y |
CONSIDERANDO: |
Que
en virtud del Memorándum de Entendimiento como
resultado de
la RONDA URUGUAY
de las Negociaciones de Acceso a los Mercados sobre Agricultura, los ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA asignaron a
la REPUBLICA ARGENTINA
un cupo tarifario anual de Pasta de Maní de TRES MIL
SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t). |
Que
por medio de
la
Resolución Nº 60 del 27 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, se creó el Registro para las Empresas Exportadoras para
aquellas empresas que deseen acceder a dicho cupo. |
Que
el Artículo 2º de la norma mencionada en el considerando anterior establece
que el citado registro permanecerá abierto entre el 1 y el 31 de octubre de
cada año. |
Que en orden a la citada normativa, corresponde proceder
a la apertura del Registro 4, para las Empresas Exportadoras para el cupo tarifario correspondiente para el año 2010. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado
la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11
del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el
Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009. |
Que
el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de
las facultades otorgadas por el Decreto Nº 2284 del 31 de octubre de 1991,
modificado por su similar Nº 2488 del 26 de noviembre de 1991, ambos
ratificados por
la Ley Nº 24.307 y el Decreto Nº 2102 de fecha 4
de diciembre de 2008. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Procédase a la apertura del Registro para las Empresas Exportadoras, que
tendrá lugar entre el 1 y el 31 de octubre de 2009, para las empresas
interesadas en la exportación de Pasta de Maní a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
correspondiente al cupo tarifario de TRES MIL
SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.) para el año 2010, en el marco de
las disposiciones de
la
Resolución Nº 60 de fecha 27 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, modificada por su similar Nº 80 del 10 de febrero de 2009 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
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