RE-8-2009-GMC
SUB-ESTÁNDAR 3.7.1. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ALLIUM CEPA
(CEBOLLA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES
(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 52/06)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 52/02 y 52/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución
GMC Nº 52/06, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Allium cepa
(cebolla) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados
Partes.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos
fitosanitarios antes citados, teniendo en cuenta la actual situación
fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO
COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub-estándar 3.7.1.
Requisitos Fitosanitarios para Allium cepa (cebolla), según País
de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los organismos nacionales
competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Alimentos - SAGPA
Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
Brasil: Ministério
da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay: Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay: Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 52/06.
Art. 4 - Esta Resolución
deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del
01/I/2010.
LXXVI GMC - Asunción, 02/VII/09.
SUB-ESTÁNDAR
FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III - MEDIDAS
FITOSANITARIAS
3.7.1. Requisitos
Fitosanitarios para Allium cepa (cebolla)
según País de
Destino y Origen, para los Estados Partes
2009
I- INTRODUCCIÓN
1.-
ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Allium cepa (cebolla).
2.-
REFERENCIAS
-
Estándar
3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso
de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº
52/02.
3.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Allium cepa (cebolla), en
sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 1. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Allium cepa
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: ALLCE 21301034
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las
Declaraciones Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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Brasil:
DA15 - El envío se
encuentra libre de Aphelenchoides besseyi, de acuerdo con el resultado
del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
Paraguay:
DA15 - El envío se
encuentra libre de Ditylenchus dipsaci raza de papa, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales
para Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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No hay
Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay.
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II. 1. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Allium cepa
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: ALLCE 21301034
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las
Declaraciones Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 – Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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Paraguay:
DA15 - El envío se
encuentra libre de Ditylenchus dipsaci raza de papa, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay.
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R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni
Uruguay.
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II. 1. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Allium cepa
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: ALLCE 21301034
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las
Declaraciones Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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Brasil:
DA15 - El envío se encuentra libre de Aphelenchoides
besseyi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio
Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones Adicionales:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.
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II. 1. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Allium cepa
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: ALLCE 21301034
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las
Declaraciones Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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Brasil:
DA15 - El envío se encuentra libre de Aphelenchoides
besseyi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio
Nº ( ).
Paraguay:
DA15 - El envío se
encuentra libre de Ditylenchus dipsaci raza de papa, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.
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