SECRETARÍA
DE AGRICULTURA , GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
Resolución
Nº 636/2009
Buenos Aires, 16
de Septiembre de 2009
VISTO el
Expediente Nº S01:0495042/2007 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
citado ex Ministerio y 130 de fecha 19 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que la
empresa QUEQUEN SOCIEDAD ANONIMA DE PRODUCCION, INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION
DE HORTALIZAS Y FRUTAS (C.U.I.T. Nº 30-67290080-4), Constancia de Habilitación
de Establecimientos de Empaque Nº R-0360-a-H, ubicada en la Ruta Nacional Nº 3, Kilómetro 994 de la Localidad de Viedma, Provincia de RIO NEGRO,
representada por el Contador Público Nacional D. Miguel Angel RODRIGUEZ, (M.I.
Nº 5.519.375) en su carácter de Presidente, con domicilio constituido en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca Nº 751, Piso 4º, Oficina “C” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello:
“ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y su versión en idioma inglés
“ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” creado por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para distinguir
el producto “Cebollas Frescas Argentinas” para la marca: “QUEQUEN”.
Que la
empresa ha cumplimentado con todos los recaudos y condiciones generales y
particulares requeridas por la citada Resolución Nº 392/05 para la obtención
del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y su versión en idioma
inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el
cumplimiento del Protocolo de Calidad de Cebollas Frescas Argentinas aprobado
por la Resolución Nº 130 de fecha 19 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE
PRODUCCION.
Que debido a
las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del
gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.
Que la Dirección Nacional de Agroindustria dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, elaboró el informe correspondiente,
entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión
del derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA
ELECCION NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL
CHOICE”.
Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha
tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el
Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2001 sustituido por
el Artículo 1º del Decreto Nº 98 del 13 de febrero de 2009.
Que el
suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las
facultades conferidas por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
ARTICULO
1º — Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS
ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD
A NATURAL CHOICE”, a la empresa QUEQUEN QUEQUEN SOCIEDAD ANONIMA DE PRODUCCION,
INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION DE HORTALIZAS Y FRUTAS (C.U.I.T. Nº
30-67290080-4), Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque Nº
R-0360-a-H, ubicada en la Ruta Nacional Nº 3, Kilómetro 994 de la Localidad de Viedma, Provincia de RIO NEGRO, representada por el Contador
Público Nacional D. Miguel Angel RODRIGUEZ (M.I. Nº 5.519.375) en su carácter
de Presidente, con domicilio constituido en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca Nº 751, Piso 4, Oficina “C” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, para el producto “Cebollas Frescas Argentinas”, de
conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO
2º — El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda
por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la
presente resolución.
ARTICULO
3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS ALBERTO CHEPPI,
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.