Detalle de la norma RE-76-2009-DGA
Resolución Nro. 76 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2009
Asunto Sistema Aduanero de Operadores Confiables, Peugeot Citroen
Boletín Oficial
Fecha: 08/09/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 76

03/09/2009

Fecha:

08/09/2009

 

Dependencia:

RE-76-2009-DGA

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Sistema Aduanero de Operadores Confiables. Actuación SIGEA Nº 13662-76-2008. Peugeot Citroen Argentina S.A.

 

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13662-76-2008, en trámite ante esta Dirección General de Aduanas y,

CONSIDERANDO:

Que la firma PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. solicita su incorporación al Sistema Aduanero de Operadores Confiables normado por Resolución General Nº 2350 (AFIP) y Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006, dictadas en el marco de los lineamentos generales emanados de la Organización Mundial de Aduanas.

Que de los informes y dictámenes adjuntos surge el cumplimiento por parte de la firma de los requisitos formales, aludidos en el Anexo I de la Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006, así como también el compromiso asumido por la misma en relación a los requerimientos técnicos mínimos establecidos en su Anexo II.

Que en atención a lo expuesto y previa evaluación de la viabilidad de la instrumentación operativa del sistema en trato, se impone calificar a la firma requirente para actuar en el Sistema Aduanero de Operadores Confiables.

Que la actuación referenciada quedará circunscripta a la operatoria de exportación que oportunamente autorice el Servicio Aduanero, en base al análisis y evaluación del pedido formulado por la firma y deberá desarrollarse respetando la información oportunamente suministrada al organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc. p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, Resolución General Nº 2350 (AFIP) y el artículo 2º, apartado 2.2 de la Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Otórguese a la firma PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30- 50474453-8, con domicilio legal en la calle presidente Juan Domingo Perón 1001 de Villa Bosch de la provincia de Buenos Aires, la calificación de Operador Confiable para actuar en el Sistema creado al efecto, en base a lo estipulado en la Resolución General Nº 2350 (AFIP) y Nota Externa Nº 37 (DGA).

Art. 2º — Déjese establecido que la actuación referenciada quedará circunscripta a la operatoria de exportación que oportunamente autorice el Servicio Aduanero y deberá desarrollarse respetando la información oportunamente suministrada al organismo.

Art. 3º — Estipúlese que las autorizaciones aludidas precedentemente, tendrán vigencia mientras se verifique por parte del Servicio Aduanero, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa enunciada en el artículo primero de la presente y las que en el futuro se determinen.

Art. 4º — Hágase saber al representante legal de la firma que cualquier modificación en relación a la información oportunamente suministrada deberá comunicarse y sujetarse a aprobación del Servicio Aduanero, con carácter previo a su implantación.

Art. 5º — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese la presente al representante legal de PEUGEOT CITROEN S.A. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y archívese. — María S. Tirabassi.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-2350-2007-AFIP Sistema Aduanero de Operadores Confiables, Peugeot Citroen