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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 7378 |
02/09/2009 |
Fecha: |
07/09/2009 |
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Dependencia: |
RE-7378-2009-ONCCA |
Tema: |
INDUSTRIA LACTEA |
Asunto: |
Metodología para la implementación
del régimen de compensaciones establecido por
la Resolución Nº
169/2009 de
la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. Modificación
de
la Resolución Nº 6688/09. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0302858/2008 del Registro del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por
la Resolución Nº
6688 de fecha 6 de agosto de 2009 de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, de conformidad con lo dispuesto por
la Resolución Nº 513
de fecha 5 de agosto de 2009 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se extendieron los alcances de
la Resolución Nº 2241
de fecha 6 de marzo de 2009 y su ampliatoria Nº 5295 de fecha 12 de junio de
2009, ambas de
la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO,
incluyendo a aquellos productores tamberos que hayan producido un promedio
diario de hasta DOCE MIL (12.000) litros de leche fluida sin procesar, con
destino a su industrialización, en el período comprendido desde junio a
septiembre de 2008, elevando el monto del aporte y estableciendo los recaudos
que deberán acreditar los productores de leche para adherirse al sistema y
percibir los importes correspondientes, todo ello en cumplimiento del Acuerdo
Marco suscripto con fecha 30 de julio de 2009 entre el Gobierno Nacional y
asociaciones de productores tamberos. |
Que
por el Artículo 6º de la mencionada Resolución Nº 6688/09 se previó la
presentación de una nota del productor tambero dirigida a
la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, certificada
por la usina láctea, conforme el modelo que como Anexo II forma parte
integrante de la aludida resolución, como una de las posibilidades para que
aquellos productores que no se encuentren asociados a las entidades referidas
en el párrafo precedente se adhieran al sistema implementado por la citada
Resolución Nº 513/09, dentro de los TREINTA (30) días corridos de su
publicación en el Boletín Oficial. |
Que
habiéndose advertido que en la nota precedentemente citada se ha consignado a
la provincia de Buenos Aires como lugar de ubicación del establecimiento,
existiendo productores tamberos de otras provincias del país cuyas entidades
no han suscripto el Acuerdo Marco antes señalado, corresponde subsanar dicha
omisión. |
Que
la Coordinación
Legal y Técnica de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la
Dirección de Legales del Area de
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha
tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el
Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido
por el Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009. |
Que
el suscripto es competente para dictar la presente resolución en virtud de lo
dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por
la Resolución Nº 169
de fecha 5 de marzo de 2009 y sus complementarias Nros.
393 de fecha 11 de junio de 2009 y 513 de fecha 5 de agosto de 2009, todas de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE: |
Artículo
1º — SUSTITUYESE el Anexo II de
la Resolución Nº 6688 de fecha 6 de agosto de 2009
de
la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por el Anexo
que forma parte integrante de la presente resolución. |
Art.
2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en
el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección del Registro
Oficial y archívese. — Emilio Eyras. |
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ANEXO
II |
_______________,
___ de ______ de 2009 |
Señor |
SECRETARIO
DE COMERCIO INTERIOR |
S
/ D. |
De
mi mayor consideración: |
En
mi carácter de productor tambero y estando ubicado mi establecimiento en
la Provincia de _____________,
cumplo en informarle que he decidido adherirme al Acuerdo Marco, anunciado oportunamente
por
la Señora
Presidenta de
la República, Dra. Cristina FERNANDEZ DE KIRCHNER,
el día 30 de julio próximo pasado, en
la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba. |
En
dicho Acuerdo, se anunció la compensación de Pesos Cero con Veinte Centavos
($ 0.20) por litro de leche fluida, por los primeros 3.000 litros/día a
aquellos establecimientos que produzcan hasta
12.000 litros por
día. |
Teniendo
conocimiento que los dirigentes que representan al sector productor lácteo de
mi provincia, no han suscripto dicho Acuerdo, reitero mi voluntad de hacerlo
a título personal, siendo mi C.U.I.T. Nº
_____________. |
Saludo
a Usted muy atentamente. |
En
mi carácter de Representante Legal de la firma_____________________certifico
que el productor tambero________________________nos remite leche fluida periódicamente
y cumple las condiciones estipuladas en el Acuerdo Marco oportunamente
suscripto el 30 de julio próximo pasado. |
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