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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 171 |
25/08/2009 |
Fecha: |
28/08/2009 |
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Dependencia: |
RE-171-2009-SC |
Tema: |
TELECOMUNICACIONES |
Asunto: |
Déjase sin
efecto
la Resolución
Nº 2357/98 por la que se estableció el estándar técnico ATSC
para los sistemas de televisión digital terrestre para la República
Argentina. |
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VISTO el Expediente S01:0343455/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y las
Resoluciones Nro. 2128 de fecha 8 de julio de 1997,
433 de fecha 12 de febrero de 1998, 1945 de fecha 4 de septiembre de 1998,
2357 de fecha 22 de agosto de 1998 de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES
dependiente de PRESIDENCIA DE
LA
NACION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Resolución Nº
2128 de fecha 8 de julio de 1997 de
la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente de |
PRESIDENCIA
DE
LA NACION
creó en el ámbito de la mencionada Secretaría,
la Comisión de Estudio de
Sistemas de Televisión Digital, la que tenía como objetivo realizar una
evaluación de factibilidad para el futuro uso de los sistemas de televisión
digital (DTV), incluyendo en esta denominación a los sistemas de televisión
de alta definición —HDTV—, entre otros. |
Que
la Resolución Nº
433 de fecha 12 de febrero de 1998 de
la SECRETARIA DE COMUNICACIONES
entonces dependiente de PRESIDENCIA DE
LA NACION, adoptó para
la REPUBLICA ARGENTINA,
respecto de las atribuciones de bandas, las recomendaciones para
la Región II de
la Unión Internacional
de Telecomunicaciones (UIT), teniéndose en cuenta particularmente las recomendaciones
de países de esta Región que promuevan el desarrollo de la televisión digital. |
Que
la Resolución Nº
1945 de fecha 4 de septiembre de 1998 de la mencionada Secretaría convocó a
Audiencia Pública Consultiva en los términos del artículo 15 del Reglamento
General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta aprobado por
Resolución SC Nº 57/96, a efectos de analizar las cuestiones técnicas y regulatorias para la implementación de los sistemas de TV
Digital Terrestre. |
Que
la Resolución Nº
2357 de fecha 22 de agosto de 1998 de
la SECRETARIA DE COMUNICACIONES
estableció el estándar técnico ADVANCED TELEVISION SYSTEM COMMITEE (ATSC)
para los sistemas de televisión digital terrestre para
la REPUBLICA ARGENTINA
e instruyó a diversos reparticiones públicas para que acentúe los vínculos de
colaboración recíproca con los países integrantes del Mercosur y otras administraciones de la región a fin de procurar la selección del
mismo estándar de televisión digital en la región de modo tal de alcanzar los
beneficios de la economía de escala en el desarrollo de equipamiento que se
requiere. |
Que
las Areas Técnicas de
la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES (CNC), organismo descentralizado de la órbita de
la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, han realizado un Informe Técnico en el cual han evaluado
los principales sistemas de televisión digital actualmente disponibles,
concluyendo que la evolución tecnológica demuestra que si en algún momento
existieron ventajas relativas entre los sistemas analizados, en la actualidad
y/o en lo futuro, pueden ser inexistentes o de una magnitud poco importante. |
Que la empresa SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS
SOCIEDAD DEL ESTADO, que opera la frecuencia de televisión LS 82 TV Canal
7, a través de sus áreas
competentes, realizó en el país diversas pruebas para la implementación de un
sistema de transmisión de un canal en alta definición, concluyendo que
resulta de interés para la televisión pública poder acceder a todos los
televidentes en forma libre y gratuita, ya sea con receptores fijos o
móviles, para lo cual el sistema basado en el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) o su versión
Brasileña STVD-TB se ajusta a tales premisas. |
Que el Centro de Investigación y Transferencia en
Telecomunicaciones de
la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN ha realizado
un Informe Técnico sobre los estándares de Televisión Digital Terrestre, en
el cual se clasificaron los distintos estándares en función de sus
características, la eficacia espectral de cada uno, su flexibilidad, y los resultados
de las evaluaciones realizadas, entre otros. |
Que el informe antes mencionado concluye que los
principios del estándar ISDB-T, con sus mejoras introducidas y disponibles,
resultan los adecuados para la creación y posterior implementación del
Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre. |
Que
por su parte, el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), organismo
descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION DE
LA NACION dependiente de
la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, señaló que debe priorizarse una norma digital que permita optimizar
la utilización del espectro, tanto en alta como en baja potencia, como así
también la implementación de repetidora de un único canal. |
Que,
asimismo, el citado Organismo destaca que, las transmisiones deben contar con
robustez ante cualquier interferencia, aún trabajando en esquemas de baja
potencia, tanto en recepción móvil o fija y que permita la incorporación
eficiente de nuevos servicios, como la televisión móvil. |
Que
la elección del estándar tecnológico a ser utilizado en la digitalización del
espectro radioeléctrico importa la posibilidad de impulsar el desarrollo
industrial y tecnológico nacional, la creación de empleo especializado, el
acceso democrático y plural a los medios de comunicaciones, la mejora de calidad
del servicio televisivo, y el progreso social y cultural del país. |
Que
en mérito a los estudios realizados, el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) resulta el más conveniente; propiciándose,
como base para el Sistema de Televisión Digital de la República Argentina. |
Que
por ello corresponde dejar sin efecto
la Resolución SC Nº
2357 de fecha 22 de agosto de 1998 y recomendar al Señor Ministro de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios el estándar denominado ISDB-T
(Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial),
como base para el Sistema de Televisión Digital de la REPUBLICA ARGENTINA. |
Que
las Areas Técnicas de
la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES (CNC), organismo descentralizado de la órbita de
la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que le compete. |
Que
la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de
la SUBSECRETARIA LEGAL
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia. |
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 94 de
la Ley Nº 22.285 y el Decreto Nº
1142 de fecha 26 de noviembre de 2003. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE |
Artículo
1º — Déjase sin efecto
la Resolución Nº 2357
de fecha 22 de agosto de 1998 de
la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces
dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACION. |
Art.
2º — Recomiéndase al Señor Ministro de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), como
base para el Sistema de Televisión Digital de
la REPUBLICA ARGENTINA. |
Art.
3º — Derógase toda otra norma que se oponga a lo
dispuesto en la presente Resolución. |
Art.
4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos L. Salas. |
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