Detalle de la norma RG-2663-2009-AFIP
Resolución General Nro. 2663 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2009
Asunto Comercialización de granos no destinados a la siembra cereales y oleaginosos
Boletín Oficial
Fecha: 28/08/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Gral. Nº 2663

24/08/2009

Fecha:

28/08/2009

 

Dependencia:

RG-2663-2009-AFIP

Tema:

IMPUESTOS

Asunto:

Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Comercialización de granos no destinados a la siembra —cereales y oleaginosos— y legumbres secas —porotos, arvejas y lentejas—. Régimen de información. Resolución General Nº 2644. Su modificación.

 

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-130-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2644 establece un régimen de información de datos por parte de determinados responsables incluidos en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas”.

Que razones operativas hacen necesario establecer un nuevo plazo para cumplir con las respectivas obligaciones de información.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el Artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 2644, en la forma que se indica a continuación: - Sustitúyese el Artículo 6º, por el siguiente:

“ARTICULO 6º — La presentación de la información dispuesta por este régimen deberá efectuarse hasta el día 25 de septiembre de 2009, inclusive.”

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RG-2644-2009-AFIP Art. 6 Comercialización de granos no destinados a la siembra cereales y oleaginosos