Detalle de la norma RE-552-2009-SAGPA
Resolución Nro. 552 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2009
Asunto Unidad de Implementación (UDI) del Componente Plantaciones Forestales Sustentables
Boletín Oficial
Fecha: 24/08/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 552

13/08/2009

Fecha:

24/08/2009

 

Dependencia:

RE-552-2009-SAGPA

Tema:

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Asunto:

Créase la Unidad de Implementación (UDI) del Componente Plantaciones Forestales Sustentables.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0044935/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) aprobó el Préstamo Nº 7520-0-AR, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000.-), para el financiamiento parcial de la ejecución del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES.

Que el Proyecto citado en el considerando precedente se compondrá de TRES (3) Partes: Componente I: “Bosques Nativos y Biodiversidad”, a cargo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Componente II: “Plantaciones Forestales Sustentables”, a cargo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCION, y Componente III: “Areas Protegidas y Corredores de Conservación”, a cargo de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, entidad autárquica en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el Componente II: “Plantaciones Forestales Sustentables”, a cargo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION tiene como objetivos específicos: a) el fortalecimiento institucional y apoyo para el desarrollo de políticas y programas de planeamiento para promover un crecimiento sostenible y compartido en la plantación y el sector agro-forestal, b) aumentar la productividad forestal sostenible en el sector forestal y c) desarrollar y promover la forestación sustentable en pequeña y mediana escala.

Que el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), actuando en carácter de Agencia de Implementación del FONDO PARA EL MEDIO AMBIENTE MUNDIAL, aprobó el 28 de junio de 2007 una donación por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000.-); para la ejecución del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES, a ser ejecutado por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que el objetivo global del Proyecto mencionado en el considerando precedente, es incrementar la integración de prácticas y políticas favorables con respecto a la biodiversidad del sector de plantación forestal en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que es de interés de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS priorizar la ejecución del Componente Plantaciones Forestales Sustentables del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES y del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES.

Que el Componente y Proyecto mencionados en el considerando precedente requieren del soporte institucional y técnico adecuado para llevar a cabo su ejecución y la administración de los fondos.

Que el Modelo de Convenio del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES ha sido aprobado mediante el Decreto Nº 2018 de fecha 25 de noviembre de 2008 y el Modelo de Convenio correspondiente al PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES ha sido aprobado mediante el Decreto Nº 30 de fecha 16 de enero de 2009.

Que es necesario la creación de una oficina técnica y administradora responsable de la dirección, coordinación, supervisión, monitoreo y evaluación del Componente y Proyecto indicados precedentemente.

Que en lo que respecta a la organización institucional, en el Manual Operativo del Componente Plantaciones Forestales Sustentables del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES se determina la estructura u organigrama de la Unidad de Implementación (UDI), que tendrá a su cargo la administración e implementación tanto del Componente como del Proyecto.

Que dicha Unidad contará con un Coordinador Técnico Ejecutivo del Componente Plantaciones Forestales Sustentables del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES inserto en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION y será también el Coordinador del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES.

Que en el Artículo 7º del Decreto Nº 30 de fecha 16 de enero de 2009 se autoriza a los titulares de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, a tomar las medidas que estimen correspondientes para el comienzo de las actividades del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES, su correcta y normal ejecución, así como la consecución de los objetivos previstos.

Que como consecuencia de la creación de la Unidad de Implementación citada precedentemente resulta adecuado además, determinar quien actuará como Coordinador Técnico Ejecutivo conforme a lo establecido en el apartado 3.2 —Estructura de la Unidad de Implementación del Proyecto—, del Manual Operativo del citado Componente.

Que el Ingeniero Forestal Don Juan Emilio BONIFACINO (M.I. Nº 17.208.189) reúne la condiciones y los antecedentes necesarios para desempeñar el cargo de Coordinador Técnico Ejecutivo de dicha Unidad de Implementación (UDI).

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las competencias previstas en el inciso ñ) del Artículo 1º del Decreto 101 de fecha 16 de enero de 1985, incorporado por el Artículo 1º del Decreto Nº 276 de fecha 8 de febrero de 1990 y de lo establecido en el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, la Unidad de Implementación (UDI) del Componente Plantaciones Forestales Sustentables del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURA LES y del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES.

Art. 2º — La Unidad creada por el artículo precedente funcionará en la órbita de la Dirección de Producción Forestal de la Dirección Nacional de Agricultura de la SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL de la citada Secretaría, cuyo Director actuará en calidad de Coordinador General.

Art. 3º — La mencionada Unidad tendrá como objetivo la supervisión, administración, ejecución, seguimiento y evaluación de todas las actividades del Componente Plantaciones Forestales Sustentables del PROYECTO DE MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES y del PROYECTO DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD EN PAISAJES PRODUCTIVOS FORESTALES.

Art. 4º — La Unidad de Implementación estará a cargo de un Coordinador Técnico Ejecutivo quien coordinará y supervisará las funciones de administración, ejecución, seguimiento y evaluación del Componente y Proyecto mencionados en el artículo precedente.

Art. 5º — Desígnase Asesor “ad-honorem” de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, al Ingeniero Forestal Don Juan Emilio BONIFACINO (M.I. Nº 17.208.189) quien actuará como Coordinador Técnico Ejecutivo de la Unidad creada por el Artículo 1º de la presente resolución.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

 
 
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