|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral. Nº 2656 |
12/08/2009 |
Fecha: |
19/08/2009 |
|
|
Dependencia: |
RG-2656-2009-AFIP |
Tema: |
COMERCIO EXTERIOR |
Asunto: |
Nomenclatura Común del Mercosur
(NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura,
de acuerdo con el procedimiento previsto en
la Resolución General
Nº 1618. |
|
|
VISTO el Expediente Nº 1-255660-2005 y las Actuaciones
SIGEA Nros. 13289-35943-2006, 13289-6037-2008, 13289-13097-2008,
13289-15286-2008 y 13289-711-2009, todos ellos del Registrode esta
Administración Federal, y
la Resolución General Nº 1618, y |
CONSIDERANDO: |
Que
en dichas actuaciones se somete al procedimiento de consulta de clasificación
arancelaria en
la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas
mercaderías. |
Que
con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los
Criterios de Clasificación Nros. 50/09 al 55/09. |
Que,
conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la
clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el
procedimiento previsto por
la Resolución General Nº 1618. |
Que
razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo
acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de
mercaderías. |
Que
han tomado la intervención que les compete
la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico
Legal Aduanera y
la
Dirección General de Aduanas. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios. |
Por ello, |
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas
en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente. |
Art.
2º — Regístrese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de
la Dirección General
de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al
Comité Técnico Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de
la Comisión
de Comercio del MERCOSUR y pase a
la División, Clasificación Arancelaria para su
archivo. — Ricardo Echegaray. |
|
NOTA LOA PRESIONE AQUÍ PARA
VER ANEXO |
|