Resolución Conjunta
RC-313-2009-MP
RC-98-2009-MEFP
Resolución Conjunta RC-313-2009-MP (Ministerio de la Producción)
Resolución Conjunta RC-98-2009-MEFP (Ministerio de Economía y de Finanzas Públicas)
Año 2009
Asunto Modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Conjunta Nº 313

07/08/2009

Fecha:

13/08/2009

 

Dependencia:

RC-313-2009-MP

Tema:

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Asunto:

MODIFICACION

 

VISTO el Expediente Nº S01:0396564/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 17 de fecha 27 de septiembre de 2007 del Grupo Mercado Común se efectuaron modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).

Que en consecuencia, corresponde introducir en el ordenamiento jurídico nacional las modificaciones aprobadas a nivel regional.

Que las áreas competentes de los MINISTERIOS DE PRODUCCION y DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nros. 24.190, 25.233 y 26.338 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974, 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991, 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994, 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008 y 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN:

Artículo 1º — La Resolución Nº 17 de fecha 27 de septiembre de 2007 del Grupo Mercado Común que da sustento a las normas contenidas en la presente resolución, se reproduce en las CUATRO (4) planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la misma.

Art. 2º — Sustitúyese el Anexo I del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 sus modificaciones, de acuerdo al detalle que se consigna en las SIETE (7) planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — Modifícase el Anexo XIV del Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones de acuerdo al detalle que se consigna en la planilla que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4º — Remítase copia autenticada de la presente resolución al MINTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO atento su carácter de Coordinador de la Sección Nacional del Grupo Mercado Común.

Art. 5º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora A. Giorgi. — Amado Boudou.

 

NOTA LOA PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DE-509-2007-PEN Anexos I, XIV Modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Complementa RE-17-2007-GMC Modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).