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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto n° 1183 |
12/11/1997
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Fecha: |
17/11/1997
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Dependencia:
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DE-1183-1997-PEN |
Tema:
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MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
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Asunto:
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Establécense en el ámbito del citado Departamento de
Estado objetivos para
la
Secretaría
de Coordinación,
la Subsecretaría Legal
,
la
Subsecretaría
de Administración,
la Subsecretaría
de Normalización Patrimonial,
la Subsecretaría
de Relaciones Institucionales;
la Secretaría
de Industria, Comercio y Minería,
la Subsecretaría
de Industria,
la Subsecretaría
de Comercio Exterior,
la Subsecretaría
de Comercio Interior,
la Subsecretaría
de Minería;
la
Secretaría
de Agricultura. Ganadería, Pesca y
Alimentación,
la
Subsecretaría
de Agricultura, Ganadería y Forestación,
la Subsecretaría
de Pesca,
la
Subsecretaría
de Alimentación y Mercados y la
responsabilidad primaria de las Secretarías mencionadas.
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VISTO: el Expediente N°
080-005001/97 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que por
el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1.996 y
sus modificatorios se establecieron, entre otros, los objetivos de las
distintas Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS. |
Que por el Decreto N° 1450 de fecha 12 de diciembre de 1.996 y sus
modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la Administración
Central del citado Ministerio. |
Que por el Decreto N° 1586 de fecha 19 de diciembre de 1.996 se aprobó la
estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
(INPI), organismo descentralizado que dependiera hasta ese momento de la SECRETARIA DE COORDINACION, transfiriéndolo a la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Que resulta necesario incorporar
a los Objetivos aprobados para las SECRETARIAS DE COORDINACION y DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, respectivamente las modificaciones que surgen del cambio de
dependencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI). |
Que al margen de ello, en la Dotación
prevista para la
SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el Decreto N° 1450/96,
modificado parcialmente por la Decisión
Administrativa N° 188 de fecha 22
de abril de 1.997, se omitió identificar la sobreasignación
de un (1) cargo previsto en la unidad Dirección General de Recursos Humanos
dependiente de la
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
de la citada Secretaría. |
Que
al margen de ello, resulta aconsejable, con el objeto de tender a una mayor
racionalidad en la administración de las acciones referidas a la higiene y seguridad
en el trabajo, transferir las mismas de la Dirección General
de Administración a la Dirección General
de Recursos Humanos citada precedentemente, ambas dependientes de la Subsecretaría
que se menciona en el Considerando anterior. |
Que por el Decreto N° 256 de fecha 19 de marzo de 1.997 se disolvió en el
ámbito de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION el COMITE HIPICO NACIONAL, disponiendo
además, que las atribuciones asignadas al mismo, serían ejercidas por la Secretaría en
cuestión. |
Que con el objeto de
implementar acabadamente lo dispuesto en el decreto citado en el párrafo precedente,
se torna indispensable adecuar las competencias de las áreas de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION que incorporan a su accionar, lo
vinculado con la actividad hípica. |
Que por
lo expuesto resulta menester realizar las adecuaciones señaladas en los
Decretos N° 660/96, 1450/96, y sus
modificatorios, incorporando los referidos ajustes. |
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION
DEL ESTADO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención
que le compete, expidiéndose favorablemente. |
Que la presente medida se dicta
en virtud de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL. |
Por
ello, |
EL
PRESIDENTE DE LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo
1 °- Sustitúyese del Anexo II del
Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1.996 y sus
modificatorios, los Objetivos correspondientes a las SECRETARIAS DE
COORDINACION, DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA y DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, todas ellas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los que quedarán
redactados de conformidad con el detalle consignado en las Planillas
Anexas al presente artículo y que forman parte integrante de este decreto. |
Art. 2°- Sustitúyese, del Anexo II del Decreto N° 1450/96 y sus
modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de las Direcciones Generales de Administración
y de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION, dependiente de
la SECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y de la Dirección Nacional
de Producción y Economía Agropecuaria y Forestal, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las que quedarán redactadas de acuerdo con el
detalle obrante en las planillas que con igual
denominación, se acompañan. |
Art.
3°- Sustitúyese del Decreto N° 1450/96 y sus modificatorios, el Anexo III a., Cargos
Planta Permanente, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE COORDINACION
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS de conformidad con el detalle consignado en la Planilla Anexa al
presente artículo y que forma parte integrante de esta medida. |
Art.
4°- Sustitúyese del Decreto N° 1450/96 y sus modificatorios el Anexo I g.,
correspondiente a la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que con la misma
denominación integra el presente decreto. |
Art.
5°- Establécese que el dictado de la
presente medida no afecta la vigencia de las aperturas estructurales inferiores
existentes en las áreas a las que se refiere el presente acto. |
Art.6°-
De forma. |
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SECRETARIA
DE COORDINACION |
OBJETIVOS |
PLANILLA
ANEXA AL ARTICULO 1 ° |
1.-
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico
y administrativo de la jurisdicción, y fiscalizar el desarrollo
de las mismas en sus organismos descentralizados. |
2.-
Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos,
decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades
sustantivas de la jurisdicción. |
3.- Coordinar la
aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción
ministerial. |
4.-
Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informáticos y sumarios administrativos-disciplinarios. |
5.- Elaborar
y supervisar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las
relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la
Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER
JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito
público y privado. |
6.-
Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial
del sector público nacional. |
7.- Coordinar la dirección
y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos
por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los
pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público. |
8.-
Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el
saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo
que es materia de su competencia. |
9.-
Coordinar las relaciones entre la DIRECCION GENERAL
DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL. |
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SUBSECRETARIA
LEGAL |
OBJETIVOS |
1.- Coordinar el servicio
jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la
actividad sustantiva de la jurisdicción,
y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos
descentralizados. |
2.-
Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas
con la actividad sustantiva de la jurisdicción. |
3.-
Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas
a la gestión empresaria y en resguardo de los intereses de la participación accionaria del Estado Nacional. |
4.-
Coordinar el control de los juicios de carácter contencioso en los que el
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o sus entes
descentralizados, sean parte. |
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SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION OBJETIVOS |
1.-
Efectuar la compatibilización y coordinación
administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, ya sea
centralizada o descentralizada, así como la planificación de las actividades
de administración. |
2.- Coordinar la
aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informativos, la
sustanciación de los sumarios administrativos, disciplinarios de la
jurisdicción ministerial y el accionar del Centro de Documentación e
Información. |
3.- Coordinar la ejecución
de los programas de propiedad participada y de racionalización de espacios
físicos. |
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SUBSECRETARIA DE
NORMALIZAICION PATRIMONIAL |
OBJETIVOS |
1.- Coordinar las
actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del
TESORO NACIONAL. |
2.-
Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de
las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen
de operar por cualquier causa. |
3.-
Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre
el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas
vigentes. |
4.- Asistir en la
dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y
empresas del ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los
procedimientos regidos por la
Ley N°
24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector
privado de los que resulte acreedor el sector público nacional. |
5.-
Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y
el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es
materia de su competencia. |
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SUBSECRETARIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES OBJETIVOS |
1.- Asistir en la elaboración
y coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las
relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de
la
Administración Pública, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, y el PODER
JUDICIAL DE LA NACION como con los diferentes sectores de ámbito
público y privado. |
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA OBJETIVOS |
1.- Definir la política
industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para
contribuir a promover el desarrollo y
crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los
regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan. |
2.-
Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando
las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras. |
3.- Promover los procesos
de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional. |
4.-
Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso
de integración regional y/o acuerdos especiales con otros piases en lo que es
materia de su competencia. |
5.-
Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial
a través de una adecuada asistencia tecnológica. |
6.-
Definir políticas y acciones específicas que atiendan la problemática de la
pequeña y mediana empresa industrial, comercial y minera. |
7.- Ejercer el control
superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI). |
8.-
Definir, ejecutar y controlar dentro del país, las políticas del Comercio Exterior
de la Nación,
en la programación de la estructura arancelaria las políticas de
defensa de la competencia leal internacional, entendiendo en las funciones
inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya
sean bilaterales, regionales o multilaterales, en particular en los aspectos
comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países. |
9.- Definir,
controlar y ejecutar la política comercial interna, en la organización y
fiscalización del abastecimiento, en las políticas vinculadas con la lealtad
comercial, la defensa del consumidor y la competencia. |
10.- Coordinar a los fines
del comercio y la inversión, los distintos planes, programas y proyectos con
los lineamientos de la política
económica, así como también los correspondientes a la integración económica
regional y hemisférica. |
11.-
Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras
en el país, en las áreas de su incumbencia. |
12.-
Coordinar la aplicación de las políticas de desregulación establecidas por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la desregulación de
procedimientos internos de la
Administración Pública Nacional, que coadyuven al logro de
la política económica trazada, como en lo relativo al funcionamiento de la
economía privada. |
13.- Centralizar y
coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como
también de las que surjan de su requerimiento, dirigidas a cualquier área de
la jurisdicción ministerial. |
14.- Supervisar las acciones
tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva. |
15.-
Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y de la COMISION NACIONAL
DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. |
16.-
Elaborar, ejecutar y fiscalizar la política minera nacional, fomentar el
crecimiento económico - minero y crear las condiciones para impulsar la
inversión en el sector. |
17.- Entender como
autoridad de aplicación en la definición del régimen jurídico - minero,
normas de procedimiento conexas,
inversiones mineras y seguridad e higiene minera, promoviendo las acciones conducentes
a su sanción legislativa. |
18.-
Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración
internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y
supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos
crediticios internacionales, a fin de impulsar la reactivación del sector. |
19.-
Entender en la ejecución de la carta geológica y prospección minera de base
de la REPUBLICA ARGENTINA. |
20.- Promover los estudios
e investigaciones geológico - mineras, económico - financieras, estadísticas
y de mercado necesarios para evaluar,
planificar y coordinar el racional aprovechamiento de los recursos mineros
del país, contemplando la preservación del medio ambiente. |
21.-
Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO
NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI). |
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SUBSECRETARIA
DE INDUSTRIA OBJETIVOS |
1.-
Efectuar la propuesta, ejecución y control de la política industrial,
coordinar los estudios que sirvan de base para la elaboración de
instrumentos tendientes al desarrollo del sector y fiscalizar su utilización. |
2.- Promover propuestas
tendientes a crear nuevos regímenes sectoriales y generales de carácter
industrial. |
3.- Promover los estudios sobre
la evolución de las diferentes ramas industriales en el mercado local e internacional, de manera de facilitar los
procesos de reconversión productiva en interacción con el sector privado. |
4.- Promover
y proponer acciones tendientes a lograr mejoras en los sistemas de calidad y
productividad en el sector industrial. |
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SUBSECRETARIA
DE COMERCIO EXTERIOR |
OBJETIVOS |
1.- Proponer, ejecutar y
realizar el control de gestión de la política de comercio exterior de la
Nación. |
2.- Entender en la
formulación y ejecución de la política arancelaria. |
3.-
Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de
reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación
y demás instrumentos relacionados con el comercio exterior y la promoción de
exportaciones. |
4.-
Entender en lo referente a las prácticas antidumping,
a las subvenciones y medidas compensatorias en el ámbito de su competencia. |
5.-
Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales internacionales, en
el seguimiento y negociación, de los procesos de integración regional y
hemisférica, así como también en las gestiones ante bloques económicos y zonas de
integración, negociaciones multilaterales y con los países de la región
Asia-Pacífico, a fin de mantener su consistencia
con la política económica global. |
6.-
Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y
participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio
con el exterior. A estos fines administrara servicios de estudio y asesoramiento en apoyo a las exportaciones,
tales como oportunidades y acceso a mercados externos, actuales y potenciales,
áreas con normas de restricciones al comercio multilateral libre, estándares
y procedimientos de exportación. Se procurará organizar estos servicios
especializándolos por país y por región, o grupos de países según la importancia comercial de cada uno. |
7.- Intervenir juntamente
con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con competencia en la producción y los
servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los
certificados de origen y calidad de los productos destinados a la
exportación. |
8.-
Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y Minería, a los fines del
comercio exterior y la inversión, en la coordinación de los distintos planes,
programas y proyectos con los lineamientos de política económica en el plano fiscal,
monetario y de ingresos, así como también los correspondientes a la
integración económica regional y hemisférica. |
9.- Coordinar
y desarrollar estudios destinados a la evaluación de las
situación del comercio internacional, en sus aspectos
reales y financieros y su relación con la política económica general y con la
comercial externa en particular. |
10.-
Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y Minería en el estudio y
análisis sobre oportunidades de financiamiento externo, para el comercio
exterior y las inversiones. |
11.- Centralizar y
coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica. |
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SUBSECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR OBJETIVOS |
1.- Efectuar
la propuesta, seguimiento y control de aplicación de la política de
desregulación en todos los ámbitos de la actividad económica, tanto en lo
concerniente a la propia gestión de la administración, a las actividades del sector
privado sujetas a regulación, así como también la asistencia técnica en
materia de desregulación a otras jurisdicciones. |
2.-
Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes
a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto
públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la
simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas, adoptando
los marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos
del. consumidor y el aumento en la oferta de bienes
y servicios. |
3.- Efectuar la propuesta,
ejecución y control de la política comercial interna, supervisar las actividades
relacionadas con la organización de los
mercados, fiscalización del abastecimiento, la promoción y asistencia a las
pequeñas y medianas empresas del sector comercial interno y en especial, el
seguimiento y verificación de todo lo relacionado con metrología
legal, la lealtad comercial, la defensa del consumidor y la defensa de la
competencia. |
2.-
Promover y coordinar la política tecnológico - minera, estableciendo las medidas
tendientes al desarrollo e incorporación de nuevas tecnologías. |
3.- Centralizar la
información elaborada por los organismos incorporados al sistema del Banco Unico de Datos Geológico
- Minero y coordinar y planificar las tareas de recepción, procesamiento y
difusión del material, siendo responsable de su custodia, preservación e
inventario. |
4.- Participar en la política
de integración regional y dinamización Nacional en
todo lo referido a recursos geológico -
mineros, coordinando con los organismos competentes la política arancelaria y
de comercialización de productos minerales. |
5.- Supervisar el accionar
del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR). |
6.-
Proponer, ejecutar y controlar los servicios públicos geológico - mineros,
tendiendo a la consolidación y desarrollo de la inversión privada en el
Sector. |
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SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION OBJETIVOS |
1.- Elaborar y ejecutar
planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología,
calidad y sanidad en materia
agropecuaria, pesquera, forestal y agro industrial, coordinando y conciliando
los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores. |
2.-
Promover la utilización y conservación de los recursos naturales destinados a
la producción agrícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital
productivo del país y el desarrollo económico del sector. |
3.- Realizar el
seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y
de los programas, proyectos y actividades de su competencia. Asimismo,
efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del sector, a fin de evaluar
su desempeño y realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de
decisiones. |
4.-
Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad
de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen
animal o vegetal. |
5.-
Entender en el control comercial del mercado de granos, ganados, carnes y
subproductos de la ganadería, como así también en lo relativo a la
aplicación de la política comercial interna y externa de productos agropecuarios. |
6.-
Controlar la aplicación de los marcos regulatorios
y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector
agropecuario que son brindados por el sector privado. |
7.- Promover
y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas
referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción
nacional de ejemplares equinos en el exterior. |
8.- Establecer
delegaciones en las distintas regiones del país con el fin de desconcentrar
la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitando la
integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario,
agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola. |
9.-
Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de
permitir una actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados. |
10.-
Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley N° 9643, en lo relativo a warrants
y certificados de depósito. |
|
SUBSECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION OBJETIVOS |
1.-
Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la
actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de sus
tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas
medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo
de dicha actividad. |
2.-
Efectuar propuestas y coordinar la ejecución de políticas de promoción,
desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas,
ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad
de los recursos naturales. |
3.-
Asistir al Secretario en su relación con los Gobiernos Provinciales en
materia de producción y servicios agropecuarios y forestales. |
4.- Asistir
y coordinar las actividades de cooperación técnica internacional y de
financiamiento externo. |
5.- Proponer y coordinar
las actividades de desarrollo rural. |
6.- Asistir en la
promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el
conocimiento de la producción en el
exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que
rige dicha actividad. |
7.- Asistir al Secretario
en el seguimiento de los programas, proyectos y actividades de los organismos
descentralizados, en especial el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) y el INSTITUTO NACIONAL
DE SEMILLAS (INASE), así como en la evaluación de su desempeño. |
|
SUBSECRETARIA
DE PESCA OBJETIVOS |
1.- Efectuar
la propuesta y coordinar la ejecución de política de fomento y regulación de
la pesca y acuicultura, así como también la industrialización,
comercialización y transporte de sus productos. |
2.- Asistir
al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la promoción
de la utilización y conservación de los recursos pesqueros destinados
a la producción. |
3.- Proponer
y ejecutar medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las
exportaciones con valor agregado, sin afecta la conservación de los
recursos. |
4.- Coordinar
la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una
mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos,
incluyendo los de alta mar y asistir al Secretario en las negociaciones
internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad. |
5.-
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
en el seguimiento de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), así como en la evaluación de
su desempeño. |
|
SUBSECRETARIA
DE ALIMENTACION Y MERCADOS OBJETIVOS |
1.- Coordinar el estudio
de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de
alimentos, evaluar sus tendencias, tanto
en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global
o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha
actividad. |
2.-
Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo,
promoción y calidad de productos, industrializados o no, para consumo
alimentario de origen animal y/o vegetal. |
3.-
Realizar la propuesta y coordinar la ejecución de las políticas de
comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria
y el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, así como
las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros. |
4.- Asistir al señor
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento
de los programas, proyectos y actividades
de los organismos descentralizados, en especial el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
(INV), así como en la evaluación de sus respectivos desempeños. |
|
ANEXO
II |
SECRETARIA
DE COORDINACION |
SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION |
RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Dirigir
las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros,
de administración, de mantenimiento, suministros y sistematización de datos. |
|
ACCIONES |
1.-
Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones
contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de
ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos. |
2.- Supervisar y coordinar
el manejo y custodia de fondos y valores. |
3.-
Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por
el régimen de contrataciones del Estado y por la Ley de Obras Públicas, así
como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de
cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse. |
4.- Supervisar
y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes
patrimoniales de la jurisdicción. |
5.- Supervisar y coordinar
el funcionamiento del servicio de informática. |
6.-
Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de
maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de
los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial. |
7.-
Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia
de infraestructura. 8.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento
y distribución de suministros. SECRETARIA
DE COORDINACION SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Administrar las políticas
y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa,
su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de
medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y
satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo
de la jurisdicción. |
|
ACCIONES |
1.-
Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer
las políticas y medidas pertinentes. |
2.-
Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera
administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación. |
3.- Administrar y
actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las
herramientas del sistema de
administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la
correcta liquidación de haberes del
personal. |
4.-
Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad
de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos
vinculados con la mejora de la atención al público. |
5.-
Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos
y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo. |
6.- Analizar el esquema
general de incentivos y proponer las medidas pertinentes. |
7.- Proponer
las normas de administración internas de personal y efectuar los estudios y
formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes. |
8.- Mantener
relaciones con los representantes gremiales en la administración y
negociación de acuerdos o convenios. |
9.- Proponer y establecer
canales de comunicación institucional en los temas de su competencia. |
10.-
Coordinar la prestación del servicio médico de la jurisdicción. |
11.- Asistir técnicamente
a la
Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente
de Carrera. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION |
DIRECCION NACIONAL DE
PRODUCCION Y ECONOMIA AGROPECUARIA Y FORESTAL |
RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Entender
en la elaboración y ejecución de políticas nacionales de producción agrícola,
ganadera, agroindustrial no alimentaria y forestal, estableciendo
mecanismos permanentes de consulta y concertaron con los gobiernos
provinciales y entidades representativas de los diferentes sectores de la
producción. |
|
ACCIONES |
1.- Analizar la evolución
y promover la producción agrícola, forestal y ganadera y sus derivados,
mediante actividades que propendan a
mejorar la productividad a través del desarrollo y difusión de nuevas tecnologías
y la conservación de los recursos. |
2.-
Diseñar y proponer políticas de desarrollo sectorial, compatibilizándolas con
las políticas macroeconómicas, coordinando la preparación de planes, programas
y proyectos de inversión de desarrollo sectorial y rural, identificando
fuentes de financiamiento nacionales e internacionales. |
3.- Elaborar
y ejecutar políticas de promoción, desarrollo y fiscalización de las
diferentes fases del proceso de producción agrícola, agroindustrial no
alimentario, ganadero y forestal, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que correspondan. |
4.-
Coordinar las acciones vinculadas a la promoción y desarrollo de la actividad
hípica, efectuando el seguimiento de la aplicación de la normativa vinculada
al sector. |
5.-
Asesorar sobre pautas a seguir en materia de control ambiental durante las
distintas etapas del quehacer específico de su área, coordinando dicho
accionar con los organismos competentes. |
6.-
Coordinar la obtención de información básica en materia agropecuaria y
forestal, elaborando los indicadores que posibiliten evaluar el
comportamiento del sector. |
7.- Dirigir la realización
de estudios e investigaciones macro y microeconómicas
para la formulación de políticas destinadas
a editar inequidades y/o corregir distorsiones estructurales en los sectores
agropecuario y forestal, en sus cadenas primaria
y agroindustrial, tendientes al fomento de la competitividad e inserción
externa de la producción nacional. |
8.-
Administrar y coordinar la red de captación de información georeferencial a utilizar en el análisis y preservación
de los recursos naturales. |
9.-
Coordinar la gestión de las negociaciones de cooperación técnica y/o financiera
internacionales, bilaterales o multilaterales, con organizaciones públicas
y/o privadas. |
|
PLANILLA
ANEXA AL ARTICULO 3° |
PLANTA
PERMANENTE |
SECRETARIA:
COORDINACION |
ESCALAFON:
DECRETO 993/91 |
(niveles
escalafonarios) |
UNIDAD
ORGANIZATIVA |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
SUB
TOTAL |
UNIDAD
SECRETARIO |
0 |
0 |
1 |
1 |
2 |
0 |
4 |
SUBSECRETARIO
LEGAL |
0 |
0 |
2 |
1 |
0 |
0 |
3 |
DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS |
9 |
42 |
43 |
21 |
9 |
0 |
124 |
subsecretarIa de administraciOn |
0 |
1 |
5 |
1 |
1 |
0 |
8 |
CENTRO
DE DOCUMENTACION E INFORMACION |
1 |
6 |
8 |
6 |
7 |
2 |
30 |
DIRECCION
DE SUMARIOS |
2 |
3 |
8 |
5 |
2 |
0 |
20 |
DIRECCION
DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS |
1 |
4 |
2 |
5 |
0 |
0 |
12 |
DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS |
1 |
9
( |
29 |
52 |
31 |
2 |
124 |
DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION |
13 |
39
O |
68
(**) |
160 |
219 |
105 |
604 |
SUBSECRETARIO
DE NORMALIZACION PATRIMONIAL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SUBSECRETARIO
DE RELACIONES INSTITUCIONALES |
1 |
2 |
3 |
1 |
0 |
0 |
7 |
DIRECCION
NACIONAL DE ASUNTOS POLITICOS |
1 |
1 |
1 |
2 |
1 |
0 |
6 |
TOTAL |
31 |
108 |
170 |
261 |
274 |
109 |
953 |
|
|
(*)
INCLUYE 1 (UN) CARGO SOBREASIGNADO "A". (**)
INCLUYE 1 (UN) CARGO SOBREASIGNADO "B". |
TODOS ELLOS HASTA LA BAJA DE SU TITULAR |
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|