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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 4 |
31/07/2009 |
Fecha: |
07/08/2009 |
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Dependencia: |
RE-4-2009-CTMFM |
Tema: |
PESCA |
Asunto: |
Establécese la fecha de cierre del
período de captura para la especie calamar en
la Zona Común de
Pesca. |
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Norma
estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la especie
calamar (lllex argentinus) en
la Zona Común de Pesca. |
VISTO: |
La
necesidad de establecer la fecha del cierre del período de captura para la
especie calamar (lIlex argentinus) en
la Zona Común de Pesca. |
CONSIDERANDO: |
1º)
Que por el Artículo 2º) de
la Resolución CTMFM Nº 2/09 se resolvió que
la Comisión evaluará el
estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la
zafra 2009, sobre la base de información técnica aportada por las Partes. |
2º)
Que en beneficio de la conservación del recurso se hace necesario el cierre
del período de captura. |
ATENTO: |
A
lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de
la Plata y su Frente Marítimo |
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL
FRENTE MARITIMO RESUELVE: |
Artículo
1º — Fijar la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar
(Illex argentinus) en
la
Zona Común de Pesca para la corriente año, el 31 de agosto
a las 24.00 horas. |
Art.
2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un
incumplimiento grave de las normas vigentes en cada Parte en materia de
infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en
ellas previstas. |
Art.
3º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto de
la República Argentina
y al Ministerio de Relaciones Exteriores de
la República Oriental
del Uruguay. |
Art.
4º — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación
en el Boletín Oficial de
la República Argentina y en el Diario Oficial de
la República Oriental
del Uruguay. — Carlos A. Carrasco. — Alvaro Fernández. |
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