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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 46 |
30/06/2009 |
Fecha: |
22/07/2009 |
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Dependencia: |
RE-46-2009-ORSNA |
Tema: |
TARIFAS |
Asunto: |
Dispónese la
entrada en vigencia del Cuadro Tarifario aprobado
por
la Resolución Nº
10/09 en el Aeropuerto Internacional “Juan Domingo Perón” de la ciudad de Neuquén. |
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VISTO el Expediente Nº 36/09 y su agregado por cuerda el
Expediente Nº 168/09 ambos del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de
1997, el Decreto Nº 500 de fecha 2 de junio de 1997, ambos ratificados por el
Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de 1997, el
Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007,
la Resolución ORSNA
Nº 12 de fecha 22 de marzo de 2006,
la Resolución ORSNA
Nº 10 de fecha 30 de enero de 2009, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el Expediente citado en primer término en el VISTO tramita la
presentación efectuada por
la Empresa EROPUERTOS
DEL NEUQUEN SOCIEDAD ANONIMA (ANSA), en su carácter de concesionario del
Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERON” de
la Ciudad de NEUQUEN,
Provincia del NEUQUEN, por la cual plantea diversas circunstancias que
afectarían el desarrollo de la concesión, haciendo referencia particularmente
al equilibrio de la ecuación económico-financiera. |
Que
asimismo, el Concesionario requiere la aplicación del nuevo Cuadro Tarifario aprobado por Resolución ORSNA Nº 10/09 en el
referido aeropuerto. |
Que
cabe considerar que al través de
la Resolución ORSNA
Nº 10/09 se aprobó un nuevo Cuadro Tarifario aplicable en todos los Aeropuertos que integran el SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (SNA), el cual rige a partir del 1º de marzo de 2009 (Artículo
1º), con las salvedades que expresamente se establecen en el mismo. |
Que
en efecto, el Artículo 2º de
la
Resolución referida difiere la entrada en vigencia del
Cuadro Tarifario aprobado por el Artículo 1º para
determinados aeropuertos, entre los que se encuentra el Aeropuerto
Internacional “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERON” de
la Ciudad de NEUQUEN, los que
continuarán aplicando las tasas vigentes hasta tanto los Concesionarios y las
respectivas Autoridades de Aplicación, en forma conjunta con el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), analicen las implicancias
del Cuadro Tarifario en sus respectivos marcos
normativos, por poseer éstos características particulares. |
Que
la Addenda
de Readecuación Contractual suscripta en fecha 28 de abril de 2005 entre el
Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUEN SOCIEDAD ANONIMA (ANSA) y
la Provincia del NEUQUEN establece
en su Cláusula Vigésimo Cuarta: |
“Ante
situaciones extraordinarias que lo justifiquen o cambios en el Cuadro Tarifario de Tasas Aeronáuticas aprobado para el SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS, cualquiera de las partes podrá proponer la
convocatoria de conformación de una |
Comisión
Extraordinaria para analizar y solucionar la afectación a futuro de las
variables que componen la ecuación económico financiera por el impacto que el
comportamiento de dichas variables pudiera tener”. |
Que
la Empresa
AEROPUERTOS DEL NEUQUEN SOCIEDAD ANONIMA (ANSA) realizó una
presentación ante
la
Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión, informando
sobre el dictado de
la
Resolución ORSNA Nº 10/09 y solicitando que, con la debida
intervención del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), declare aplicable el nuevo cuadro tarifario,
todo ello de manera concomitante con la convocatoria a
la Comisión que deberá revisar el contrato vigente. |
Que
en esta oportunidad el Concesionario hizo referencia a lo establecido por la
resolución citada, mencionando que la modificación del cuadro tarifario por parte del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL
DE AEROPUERTOS (ORSNA) se fundamenta en los defasajes económicos transcurridos
en los ONCE (11) años desde la puesta en vigencia del Cuadro Tarifario aprobado por
la Resolución ORSNA
Nº 53/98, entendiendo que dicha cuestión difiere de
la Sobretasa específica aprobada por Resolución ORSNA Nº 12/06 para el Aeropuerto
Internacional “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERON” de
la Ciudad de NEUQUEN. |
Que
ante dicho requerimiento,
la
Provincia del NEUQUEN manifiesta que no posee observaciones
para que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
comience a trabajar en la aprobación de la nueva tasa de acuerdo a lo
establecido en
la
Resolución ORSNA Nº 10/09, informando asimismo que se
encuentra trabajando en la designación de
la Comisión de Seguimiento
del Contrato para iniciar la revisión extraordinaria del Contrato de
Concesión, en razón de que resulta necesario analizar a la mayor brevedad las
inversiones que por cuestiones económicas no pudieron ser incluidas en la
revisión anterior. |
Que
en relación con la aplicación de
la Resolución ORSNA
Nº 10/09, se considera que el Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE JUAN
DOMINGO PERON” de
la Ciudad
de NEUQUEN presenta características que lo diferencian de la mayoría de los
Aeropuertos del Grupo “B” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, especialmente
en lo que se refiere a la creación y percepción de
la Sobretasa para el Desarrollo y Mejoramiento de
la Infraestructura
Aeroportuaria y el objeto para cual ha sido creada. |
Que
en tal sentido se recuerda que
la Sobretasa propuesta
oportunamente por
la Provincia
tuvo como objetivo compensar al Concesionario por las inversiones realizadas de
acuerdo al plan de inversiones previsto originalmente y a dar sustentabilidad a la concesión, dadas las tasas
aeroportuarias aplicables en ese momento. |
Que
en virtud de lo expuesto, la aprobación de un nuevo Cuadro Tarifario a cobrar por el Concesionario del Aeropuerto “INTERNACIONAL
PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERON” necesariamente debe traer aparejada una
revisión y nuevo cálculo de
la Sobretasa vigente a los efectos
de evitar una situación en la cual los usuarios de dicho aeropuerto deban
hacer frente a tarifas infundadamente elevadas. |
Que
resulta necesario, teniendo en cuenta los tiempos administrativos que demanda
la conformación y funcionamiento de
la Comisión, autorizar la aplicación del nuevo Cuadro Tarifario hasta tanto se perfeccione la revisión
extraordinaria, advirtiendo al Concesionario que dichas modificaciones generarán
impacto sobre la ecuación económico financiera al momento de readecuarse los
términos del Contrato, pudiendo eventualmente reducir el valor de
la Sobretasa cobrada en la actualidad. |
Que
con respecto a la aplicación de
la Resolución ORSNA
Nº 10/09, es preciso mencionar que de los propios Considerandos de la misma surge que, mientras que para los Aeropuertos que integran el
Grupo “A” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS el nuevo cuadro tarifario tiene su fundamento en la readecuación de
la Proyección Económica
Financiera del Contrato de Concesión, para el resto de los aeropuertos es una
actualización de valores, en atención al aumento de precios internos de la economía. |
Que
la conformación de
la Comisión Extraordinaria de Seguimiento del
Contrato vigente deberá efectuarse dentro de la mayor brevedad a los efectos
de adecuar el monto de la actual Sobretasa a las
nuevas condiciones económicas que surgirán como consecuencia de la aplicación
del Nuevo Cuadro Tarifario aprobado por
la Resolución ORSNA
Nº 10/09. |
Que
es preciso recordar que el Decreto Nº 375/97 en su Artículo 17.7 otorga al
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) la
competencia para: “Establecer las bases y criterios para el cálculo de las
tasas y aprobar los correspondientes cuadros tarifarios para lo cual tomará las medidas necesarias a fin de determinar las
metodologías asignación de costos e ingresos que permitan evaluar la razonabilidad de las tarifas a aplicar”. |
Que
por su parte, el Artículo 17.14 del Decreto Nº 375/97 le otorga al Organismo Regulador
la competencia para: “Hacer cumplir el presente decreto y sus disposiciones complementarias
en el ámbito de su competencia, supervisando el cumplimiento de las
obligaciones y prestación de los servicios por parte del concesionario y/o administrador
aeroportuario. En los casos de concesiones, fiscalizará, controlará y aprobará
la realización de las obras e inversiones que se hubieren previsto”. |
Que
asimismo, del propio Artículo citado y de los Artículos 17.15, 17.18 y 17.19
surge la obligación de velar por el mantenimiento, conservación y
modernización de la infraestructura aeroportuaria, aprobar la realización de
toda obra de reparación de mergencia, y de realizar la evaluación técnica de las
obras de mantenimiento o mejoras. |
Que
es también competencia del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) fiscalizar la realización de las inversiones aeroportuarias
necesarias para alcanzar adecuados niveles de infraestructura que permitan
satisfacer los futuros requerimientos de la demanda del tráfico aéreo (Art.
14.f del Decreto Nº 375/97). |
Que
las GERENCIAS DE REGULACION ECONOMICA FINANCIERA Y CONTROL DE CALIDAD y DE
ASUNTOS JURIDICOS han tomado la debida intervención. |
Que
el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) resulta
competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto
por el Artículo 3º de
la Ley
de Procedimientos Administrativo Nº 19.549 y demás normativa citada
precedentemente. |
Que
en Reunión de Directorio de fecha 30 de junio de 2009 se ha considerado el asunto,
facultándose al suscripto a dictar la presente medida. |
Por ello, |
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Disponer la entrada en vigencia del Cuadro Tarifario,
aprobado por Resolución ORSNA Nº 10/09 en el Aeropuerto Internacional “JUAN
DOMINGO PERON” de
la Ciudad
de NEUQUEN, Provincia del NEUQUEN a partir de su publicación en el BOLETIN
OFICIAL. |
Art.
2º — Recomendar a
la
Autoridad de Aplicación del contrato de concesión del
Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERON” de
la Ciudad de NEUQUEN,
Provincia del NEUQUEN conformar
la Comisión Extraordinaria
de Seguimiento del Contrato vigente, a los efectos adecuar el monto de la
actual Sobretasa a las nuevas condiciones
económicas que surgirán como consecuencia de la aplicación del Cuadro Tarifario aprobado por
la Resolución ORSNA
Nº 10/09 a la mayor brevedad posible. |
Art.
3º — Regístrese, notifíquese al Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUEN
SOCIEDAD ANONIMA (ANSA), publíquese, dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Horacio A. Orefice. |
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