|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral. Nº 2647 |
17/07/2009 |
Fecha: |
22/07/2009 |
|
|
Dependencia: |
RG-2647-2009-AFIP |
Tema: |
OBLIGACIONES FISCALES |
Asunto: |
Procedimiento. Cómputo de los plazos
respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la
seguridad social. Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus
complementarias. Resolución General Nº 2639. Su modificación. |
|
|
VISTO
la
Actuación SIGEA Nº
10462-108-2009 del Registro de esta Administración Federal, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por
la Resolución
General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias, se
estableció que durante determinados períodos del año —atendiendo a la feria
judicial de invierno que se establezca cada año para el Poder Judicial de
la Nación—, no se computen los
plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante esta
Administración Federal, vinculados con la aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos a su cargo. |
Que
la Corte Suprema
de Justicia de
la Nación
ha dictado
la Acordada Nº
23/09 con el propósito de extender la feria judicial dispuesta por su similar
Nº 21/09, desde el día 20 de julio de 2009 hasta el día 24 de julio de 2009,
ambos inclusive. |
Que
en consecuencia corresponde disponer análoga medida en el ámbito de esta
Administración Federal, a los fines indicados en el primer considerando de la
presente. |
Que
han tomado la intervención que les compete
la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente
y
la Dirección
General Impositiva. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los
Artículos 6º y 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de1997, sus
modificatorios y sus complementarios. |
Por ello, |
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Modifícase
la
Resolución General Nº 2639, en la forma que se indica a
continuación: - Sustitúyese en el Artículo 1º la expresión “... entre los
días 6 al 17 de julio de 2009...”, por la expresión “...entre los días 6 al
24 de julio de 2009...”. |
Art.
2º — Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray. |
|
|