Detalle de la norma RE-57-2009-DGA
Resolución Nro. 57 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2009
Asunto Habilitación Provisoria ZPA Roque Saenz Peña, Barranqueras Chaco
Boletín Oficial
Fecha: 16/07/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 57

08/07/2009

Fecha:

16/07/2009

 

Dependencia:

RE-57-2009-DGA

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Habilitación Provisoria de Zona Operativa Aduanera Roque Sáenz Peña. Aduana de Barranqueras.

 

VISTO la Actuación SIGEA 14512-79-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que por la citada actuación la Dirección Regional Aduanera Resistencia conjuntamente con la Municipalidad de la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña impulsan la habilitación de una Zona Primaria Aduanera en el predio de CUATRO (4) hectáreas de superficie, identificado como Parcela 180, Expediente 3-3009, Circunscripción II del Registro Catastral de la Provincia del Chaco, ubicado en el Parque Industrial de dicha localidad, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras.

Que la Aduana de jurisdicción manifiesta que no se cuenta en la región con una zona operativa adecuada para centralizar las tareas de control de cargas afectadas al comercio exterior, las cuales actualmente se realizan en diversos puntos operativos dispersos en una amplia extensión territorial.

Que se encuentra en trámite la cesión en comodato del inmueble en trato por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que el predio dispone de cierre perimetral, galpón para verificación de cargas, báscula electrónica con capacidad para pesar hasta OCHENTA (80) toneladas y módulo habitacional para oficina administrativa.

Que tanto el terreno como las instalaciones destinadas para la realización de operaciones aduaneras existentes en la actualidad y aquellas en curso de ejecución —una vez finalizadas— reunirán los requisitos necesarios para su habilitación como Zona Primaria Aduanera en los términos del Artículo 5º inciso 2º código Aduanero.

Que ante la necesidad de contar con un lugar operativo en la jurisdicción de la Aduana de Barranqueras que facilite las operaciones de comercio exterior en dicha región y contribuya a la agilización de consolidación de cargas, la Dirección Regional Aduanera Resistencia propicia su habilitación aduanera con carácter provisorio, hasta tanto finalicen las obras proyectadas y se perfeccione la cesión del predio en comodato, momento en el cual se procederá a su habitación definitiva como Zona Primaria Aduanera.

Que la Dirección Regional Aduanera Resistencia informa que la infraestructura existente en la actualidad en el predio a habilitar resulta suficiente para el cumplimiento de las tareas de control que debe ejercer el Servicio Aduanero.

Que en tal sentido, en función a los informes obrantes en autos, resulta procedente conceder la habilitación aduanera requerida, con carácter provisorio y por el término CIENTO OCHENTA (180) días.

Que han tomado debida intervención la División Aduana de Barranqueras, la Dirección Regional Aduanera Resistencia y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por artículo 9º, apartado 2º, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — HABILITAR con carácter provisorio y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, una ZONA OPERATIVA ADUANERA ubicada en el predio de CUATRO (4) hectáreas de superficie, identificado como Parcela 180, Expediente 3-3009, Circunscripción II del registro Catastral de la Provincia del Chaco del Parque Industrial de la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras.

Art. 2º — La Aduana de Barranqueras dictará el reglamento de funcionamiento.

Art. 3º — La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a la División Aduana de Barranqueras para su conocimiento y notificación. — María S. Tirabassi.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-2-2010-DGA Relaciona Habilitación provisoria ,zona operativa aduanera Roque Saenz Peña- prorroga