Detalle de la norma RG-2295-2007-AFIP
Resolución General Nro. 2295 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2007
Asunto Garantías entregadas en seguridad Obligaciones Fiscales
Boletín Oficial
Fecha: 24/08/2007
Detalle de la norma
GARANTIAS HIPOTECARIAS Y PRENDARIAS

GARANTIAS HIPOTECARIAS Y PRENDARIAS

Resolución General 2295

Procedimiento. Derechos reales. Hipoteca y prenda con registro. Constitución de Garantías. Resolución General Nº 181 y su modificatoria. Su modificación.

Bs. As., 22/8/2007

VISTO la Resolución General Nº 181 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma precisó pautas relacionadas con la instrumentación de la constitución de las garantías hipotecarias y prendarias por parte de los contribuyentes y responsables.

Que razones de administración tributaria hacen necesario modificar la Resolución General Nº 181 y su modificatoria, a fin de autorizar a determinados funcionarios a suscribir los documentos públicos o privados mediante los cuales se constituyan, complementen, amplíen, sustituyan, renueven, ejecuten o cancelen los derechos reales de hipoteca y de prenda con registro.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 181 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese el Artículo 5º, por el siguiente:

"ARTICULO 5º.- Delégase en los Directores Regionales, en los Jefes de Agencia Sede, de Agencia y de Distrito, en el Jefe del Departamento Concursos y Quiebras de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, como también en el Jefe de la División Recaudación y en el Jefe de la División Grandes Contribuyentes Individuales de la Dirección Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales, de la Dirección General Impositiva, la facultad para que en nombre y representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos suscriban los documentos públicos y privados mediante los cuales se constituyan, complementen, amplíen, sustituyan, renueven, ejecuten o cancelen los derechos reales de hipoteca y de prenda con registro."

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
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