DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 41/1998
Buenos Aires, 21 de Abril de 1998.
VISTO la Resolución Nº 143/97 (D.G.A.), emanada de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, por la cual se crea una Comisión para delimitar las Zonas
Primarias Aduaneras en las Aduanas del Interior, y
CONSIDERANDO:
Que verificada la documentación reunida oportunamente, la
misma se encuentra en condiciones para proceder a la aprobación de la
delimitación prevista para las zonas operativas correspondientes a la
jurisdicción de la Aduana de PUERTO DESEADO.
Que conforme surge del informe producido por los integrantes
de la Comisión referida, el perímetro propuesto reúne los requisitos, en cuanto
a su operatoria, para su definición como Zona Primaria Aduanera, en los
términos del Artículo 5º inc. b) del Código Aduanero, Ley 22.415.
Que para ello es menester delimitar la Zona Primaria Aduanera abarcando el ámbito en el cual se encuentran las instalaciones
habilitadas para la realización de operaciones aduaneras, elementos estos que
figuran en los planos y fotografías anexados a la actuación ADGA Nº 407.212/98.
Que los lugares operativos a tener en cuenta son: PASO
INTERNACIONAL INGENIERO PALLAVICINI-IBAÑEZ; PASO INTERNACIONAL RIO JEINEMEINI; PASO
INTERNACIONAL ROBALLOS; PUERTO DESEADO; PUERTO CALETA PAULA Y MONOBOYA CALETA
OLIVIA.
Que el presente Acto Administrativo se dicta en uso de las
facultades conferidas por el Artículo 9º Apartado 2, Inciso g), del Decreto Nº
618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º - Determinar los límites de las Zonas
Primarias Aduaneras en Jurisdicción de la Aduana de PUERTO DESEADO, en adelante denominada Sede, como se indica seguidamente:
PASO INTERNACIONAL INGENIERO PALLAVICINI – IBAÑEZ, situado
sobre la Ruta Provincial nº 72 en el punto geográfico 46º 16` de Latitud Sur y
71º 43` de Longitud Oeste, distante QUINIENTOS TREINTA Y OCHO (538) kilómetros
de la Sede. Se delimita como Zona Primaria Aduanera, la totalidad de las
instalaciones desde el límite internacional, tomando como eje la Ruta Provincial nº 72 y TRES (3) metros a ambos lados de la misma, hasta el cruce con la
línea imaginaria de sentido norte-sur, longitudinal a la pared oeste del
edificio principal de la Sección INGENIERO PALLAVICINI de GENDARMERIA NACIONAL
y desde este punto, una circunferencia de CIEN (100) metros de radio.
PASO INTERNACIONAL RIO JEINEMEINI, situado sobre la Ruta Complementaria nº 43 en la posición geográfica 46º 33` de Latitud Sur y 71º 40´ de
Longitud Oeste, distante a QUINIENTOS CINCUENTA Y UN (551) kilómetros de la Sede. Se delimita como Zona Primaria Aduanera la totalidad de las instalaciones existentes
desde el límite internacional, tomando como eje la Ruta Complementaria nº 43 y una franja de terreno de DIEZ (10) metros a ambos lados de la
misma, incluyendo el edificio de Aduana, siguiendo por la mencionada ruta hasta
su intersección con la línea imaginaria en sentido sudeste – noroeste, acorde
con el alambrado perimetral, lado norte, de la SECCIÓN LOS ANTIGUOS de GENDARMERÍA NACIONAL.
PASO INTERNACIONAL ROBALLOS, situado sobre la Ruta Complementaria nº 41 en la posición geográfica 47º 09´ de Latitud Sur y 71º 51´ de
Longitud Oeste, distante SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO (638) kilómetros de la Sede. Se delimita como Zona Primaria Aduanera la totalidad de las instalaciones comprendidas
dentro de una circunferencia, con un radio de CINCUENTA (50) metros, cuyo
centro es el mástil plantado frente al edificio principal del Grupo ROBALLOS de
GENDARMERÍA NACIONAL y la ruta mencionada desde ese punto hasta el límite
internacional.
PUERTO DESEADO, ubicado en el extremo sur de la Ciudad homónima, se accede por Calle España (denominación urbana de la Ruta 281). Se delimita como Zona Primaria Aduanera, la totalidad de las instalaciones
portuarias desde el portón del Puesto nº 5, segunda entrada de PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA, situado al noroeste sobre la Calle España, continuando por el cerco de delimitación portuaria, lado norte, hasta el portón de acceso, entrada
principal, Puesto nº 4 correspondiente a PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y desde ese
punto por una línea imaginaria longitudinal a la pared sur del edificio de
ADMINISTRACIÓN DE PUERTO Y CISTERNA, hasta el vértice que forman las paredes
norte y oeste de la edificación denominada como MARITINA CHALLACO, siguiendo
por el bordo externo de dicha edificación hasta su intersección con la
alambrada delimitatoria orientada en sentido oeste-este y desde allí por dicha
alambrada, girando en NOVENTA (90) grados hasta el espejo de agua de la Ría DESEADO, siguiendo por la ribera que pasa por los sitios de amarre 1; 2; 3 y 4, se llega
al límite oeste cuyo acceso es el Puesto nº 5, punto desde el cual se inició la
descripción.
PUERTO CALETA PAULA situado sobre el GOLFO SAN JORGE en una
caleta natural, está en la posición geográfica 46º 27´ de Latitud Sur y 67º 31´
de Longitud Oeste, distante DOSCIENTOS SIETE (207) kilómetros de la Sede. Se delimita como Zona Primaria Aduanera, la totalidad de las instalaciones,
comprendidas dentro del predio cerrado con un único portón de acceso al puerto,
con orientación norte, desde este punto en dirección este-oeste existe un
alambrado olímpico y a continuación una alambrada de SIETE (7) hilos que encierra
su contorno por los lados norte oeste y sur finalizando en la ribera, en cuyo
extremo norte y en dirección este-oeste, la alambrada continúa hasta el portón
completando el cierre.
MONOBOYA CALETA OLIVIA, situada en el mar a MIL (1.000)
metros aproximadamente de la costa frente a la Ciudad de homónima, distante DOSCIENTOS DOCE (212) kilómetros de la Sede. Se delimita como Zona Primaria Aduanera, la totalidad de las instalaciones flotantes,
correspondientes a la monoboya.
ARTICULO 2º - Regístrese. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el BOLETIN de
esta DIRECCIÓN GENERAL. Remítase copia de la presente a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, a la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR (MONTEVIDEO – R.O.U.) y a la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (MONTEVIDEO-R.O.U.).
Cumplido, archívese.