Atento que en el día de la fecha fue publicada
la Resolución Nro.
296/02 del Ministerio de Economía, mediante la cual se produce la
reglamentación del Decreto 1094/02, se informa que si el exportador así lo
decide,
la Aduana aceptará la presentación de las Declaraciones Juradas de Venta al
Exterior (D.J.V.E.) con la correspondiente confección
de la liquidación manual para el pago de los derechos de exportación
emergentes de la citada Declaración, de acuerdo a la normativa dictada con
anterioridad. |