Buenos Aires, 7 de mayo de
1996
VISTO, la Resolución 2708/93 y la Nota ANMA Nº 630/96 del Sistema MARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma, se aprobó el formulario OM- 1993 SIM "Formulario
Unico" y OM- 1993 SIM "Hoja Continuación".
Que se hace necesario introducir modificaciones en virtud de la
práctica obtenida como así también ante la posibilidad técnica de
emplear papel no continuo y mecanismos de impresión por computadora
diferentes a los previstos a la fecha.
Que la presente se encuentra enmarcada dentro del plan de adecuación de
la declaración del Sistema Informático MARIA el cual prevé una continua
actualización de los datos contenidos en los formularios, siendo esta
la primer etapa de actualización.
Que la presente no implica desechar el Formulario Unico OM-1993 SIM de
papel continuo el que mantendrá vigencia hasta la implementación de una
etapa posterior.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas
por el art. 23, incisos i) de la Ley 22.415.
Por ello,
El Administrador Nacional de Aduanas
Resuelve:
ARTICULO 1º - Sustituir los Anexos I -A- de la Resolución Nº 2708/93 por el Anexo I -B- INDICE TEMATICO, que se aprueba por la presente.
ART. 2º - Aprobar el FORMULARIO UNICO OM- 1993 SIM y OM- 1993 SIM HOJA
CONTINUACION para impresora láser, que pasará a incorporarse como Anexo
X a la Resolución Nº 2708/93.
ART. 3º - Aprobar las CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO 1993 SIM y
OM- 1993 SIM Hoja Continuación para impresora láser, que pasará a
incorporarse como Anexo XI a la norma citada en el artículo precedente.
ART. 4º - Aprobar los REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER, que
pasará a incorporarse como Anexo XII a la Resolución Nº 2708/93.
ART. 5º - Los usuarios que no poseen impresoras láser podrán seguir
utilizando el Formulario Unico OM- 1993 SIM y Hoja Continuación de
papel continuo, vigente.
ART. 6º - La presente resolución comenzará a regir a partir del 20 de
mayo de 1996.
ART. 7º - De forma.
N.R.: La Resolución Nº 1575/96 ANA que antecede fue publicada en el
Boletín
Oficial del 16/5/96.
ANEXO I - "B"
INDICE TEMATICO
ANEXO II "A"FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM
ANEXO III "A"CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM
Y HOJA
CONTINUACION
ANEXO IV "A"DATOS DEL FORMULARIO UNICO
ANEXO V SOBRE CONTENEDOR OM-2133 SIM
ANEXO VI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-2133
ANEXO VII NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR
ANEXO VIII FORMULARIO UNICO OM- 1993 SIM HOJA CONTINUACION
ANEXO IX DEFINICIONES
ANEXO X FORMULARIO UNICO OM- 1993 SIM Y HOJA CONTINUACION PARA
IMPRESORA LASER
ANEXO XI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM- 1993 SIM Y HOJA
CONTI-
NUACION PARA IMPRESORA LASER
ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS DE IMPRE- SORAS LASER
NOTA: El original de la presente Resolución fue aprobado por Resolución
Nº
2708/93.
Primera modificación aprobada por Resolución Nº 596/94.
Segunda modificación aprobada por Resolución Nº 2738/94.
Tercera modificación aprobada por Resolución Nº 1575/96.
(El formulario se emite en la Guía 473 , pág. )
ANEXO XI
CARACTERISTICA DEL FORMULARIO UNICO OM- 1993 Y HOJA CONTINUACION PARA
IMPRESORA LASER
1.- MATERIAL: Papel obra blanco.
2.- GRAMAJE: 70 a 90 gramos/m2.
3.- MEDIDAS: Tamaño: 8,5 x 11 pulgadas o 21,59 x 27,94 cm de Impresión: 10 x 7,875 pulgadas.
4.- IMPRESION:
4.1.- COLOR El frente y el dorso tendrán las líneas y escritura
impresos en tinta negra, que facilite su lectura.
4.2.- DISEÑO FRENTE Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño. DORSO
Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño a excepción del formulario
Hoja Continuación el cual es opcional, pudiendo encontrarse en blanco.
5.- CANTIDAD DE COPIAS:
5.1.- La cantidad mínima de copias a imprimir se ajusta1rá según el
tipo de operación, de la siguiente forma: - Importación a Consumo:
copias 1 y 2. - Importación Temporaria: copias 1, 2 y 3. - Tránsitos de
Importación: copias 1, 2, 3 y 4. - Exportación a Consumo: (*): copias
1, 2 y 3. - Exportación Temporaria: (*): copias 1, 2 y 3. - Otras
operaciones: copias en número a determinar. (*) De tratarse de
operaciones de tránsito se deberá imprimir la copia 4.
6.- NUMERACION: La numeración de las copias se encontrará impresa en el
casillero superior derecho del formulario y además deberá aparecer
grisada según modelo Anexo X. ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA
IMPRESORAS LASER - Depósito de no menos de 100 hojas - Interfaz
paralela (serie opcional) - Lenguaje de impresión: PCL - Versión mínima
soportada: 5 del lenguaje PCL - Resolución 300 x 300 puntos por pulgada
- Memoria RAM: 2Mb para PCL ACLARACION: Deberá tenerse en cuenta que
frente a la amplia oferta de marcas y modelos de impresoras que cumplen
con los requisitos antes mencionados, no es posible garantizar que en
todos los casos la impresión de los despachos generados a través del
BIT del sistema MARIA se impriman a la velocidad nominal de dichas
impresoras, debido a la complejidad de los despachos. Por lo cual se
recomienda a los señores despachantes, que realicen pruebas de
rendimiento antes de adquirir una impresora para ser utilizada con el
sistema MARIA y así asegurarse que la velocidad real de impresión
coincide con la velocidad nominal de la impresora. Res. ANA N° 1575/96
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