LOA
DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
Instrucción
General Nº 44/2001
Buenos
Aires, 18 de diciembre de 2001
Visto la Resolución N° 2522/87,
Anexo VIII «H» y la distinta interpretación que de la misma pudiera hacerse en
cuanto al alcance y forma del estampillado sobre caja-unidad de venta.
Corresponde instruir que la identificación debe practicarse sobre cada una de
las cajas, con independencia de la forma que se presente para su
comercialización (pack de 2 o más unidades).
A los efectos que hubiere lugar, la presente rige para los despachos de
importación que se oficialicen a partir de la fecha.
Publíquese en el Boletín de esta Dirección General.
Fdo.: Ing. CESAR A. ALBRISI
DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota: Publicado en Boletín Aduanero 6/02.
|