Detalle de la norma DE-1059-2002-PEN
Decreto Nro. 1059 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2002
Asunto Código Penal - Subversión económica
Boletín Oficial
Fecha: 20/06/2002
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: B/Of  29924
Decreto Nº 1059 19/06/2002 Fecha: 20/06/2002
 
Dependencia: DE-1059-2002-PEN
Tema: SUBVERSION ECONOMICA
Asunto: OBSERVASE PARCIALMENTE EL PROYECTO DE LEY NRO. 25602; EN EL RESTO, PROMULGASE.
 

VISTO el Proyecto de Ley N° 25.602, sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION con fecha 30 de mayo del corriente año, y

CONSIDERANDO:

Que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ha sancionado el Proyecto de Ley citado en el Visto por el cual se deroga la Ley N° 20.840.

Que nuestro CODIGO PENAL DE LA NACION ha sido muy restrictivo a la hora de incorporar figuras culposas o imprudentes, haciéndolo solo cuando se protegen bienes jurídicos de la máxima importancia político criminal como la vida, la integridad física o la seguridad de las personas.

Que la incorporación del artículo 174 bis, en la norma aprobada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION de la figura imprudente en el CODIGO PENAL DE LA NACION y en particular en el Título VI, que se ocupa de los delitos contra la propiedad, quebraría una tradición del Derecho Penal argentino en el sentido de no incluir las figuras imprudentes en delitos patrimoniales.

Que en consecuencia corresponde observar el artículo 4° del proyecto de ley sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, registrado bajo el N° 25.602 ya que no altera el espíritu ni la unidad del mismo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 80 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:

Artículo 1° — Obsérvase el artículo 4° del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.602.

Art. 2° — Con la salvedad establecida en el artículo precedente, cúmplase, promúlgase y téngase por Ley de la Nación el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.602.

Art. 3° — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Vanossi. — Jorge R. Matzkin. — José H. Jaunarena. — María N. Doga. — Graciela Giannettasio. — Roberto Lavagna. — Graciela Camaño. — Ginés M. González García.