Detalle de la norma AV-25-2001-SDGLTA
Aviso Nro. 25 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2001
Asunto Licencia de Configuración de Modelo para discapacitados
Detalle de la norma
AV-25-2001-SDGLTA

AV-25-2001-SDGLTA

 

Régimen Automotriz - Licencia de Configuración de Modelo - Vehículos para Discapacitados – Instructivo

 

Visto lo dispuesto en los Artículos 1º y 4º de la Res.SI 64/01 (B.O.del 30/07/2001), se instruye que:

 

1. A partir del 31/07/2001 para la importación a consumo de vehículos por parte de personas con discapacidad, con la franquicia prevista en la Ley 19.279 y sus modificatorias, puesta en vigencia aduaneramente a través de la Res.ANA 795/94, los beneficiarios deber n presentar, con carácter obligatorio, además de la documentación que prevé el Punto 1 - Documentación Exigible - de la comentada Res.ANA 795/94, una certificación extendida por la Dirección Nacional de Industria en favor del interesado, donde se acredite que el vehículo a importar coincide con la marca, modelo, versión y características técnicas con otro cuya Licencia de Configuración de Modelo (LCM) esté ya otorgada y se encuentre vigente o bien se trate de un modelo de vehículo comercializado con anterioridad al 01/01/2000.

 

2. No ser de aplicación lo dispuesto en el Punto 1 precedente para aquellas solicitudes registradas con anterioridad al 31/07/2001 y que a la fecha se encuentren en trámite, las cuales se ajustar n a lo dispuesto en el Aviso DGA 18/01 (DE TEIM) de fecha .

 

3. Queda sin efecto lo dispuesto en el Aviso DGA 18/01 para las solicitudes registradas a partir del 31/07/2001 inclusive. Remítase a las Subdirecciones generales de Operaciones Aduaneras del Interior y Metropolitanas y todas las aduanas vía correo electrónico.