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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución General n° 628
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08/07/1999
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Fecha:
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14/07/1999
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Dependencia:
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RG-628-1999-AFIP
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Tema
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Tema:
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Aduanas.
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Asunto:
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Destinaciones Suspensivas de Tránsitos de
Importación.
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VISTO las
Destinaciones Suspensivas de Tránsito Internacional Terrestre de Importación
en el marco reglamentario de la Resolución N° 2382 (RGNITIE) de fecha 11 de diciembre de 1991 y
modificatorias, y
|
CONSIDERANDO:
|
Que a la luz de las estadísticas efectuadas e
informes recepcionados se observan incumplimientos
con la modalidad de tránsitos directos de determinadas mercaderías.
|
Que si bien existen instrumentos para la
prevención y la represión de estos ilícitos, resultan insuficientes, en
atención a la difícil localización y secuestro de las mercaderías ilegalmente
introducidas, dado que entre sus características se encuentra la rápida
distribución y consumo.
|
Que si bien se inician las acciones legales
pertinentes, la dinámica operativa de estos grupos delictivos, determina con
el transcurso del tiempo y las sucesivas maniobras, que no existe
resarcimiento efectivo del Fisco.
|
Que se considera menester y urgente la adopción de
medidas que permitan neutralizar los desvíos dolosos del régimen, sin
perjuicio de continuar con las acciones que permitan individualizar a los
responsables.
|
Que del estudio efectuado surgen en principio que
los automotores en la modalidad autotransporte y
los cigarrillos de cualquier procedencia e industria, son las mercaderías que
en la actualidad acreditan la denominación de alto riesgo económico.
|
Que el presente se dicta en uso de las facultades
conferidas por los artículos 4o y 7o del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997 y de las previstas en
la Resolución N° 428 (DGA),
de fecha 10 de diciembre de 1997, modificatoria de la Resolución N° 2382 (RGNITIE) de fecha 11 de diciembre de 1991, Anexo
II "K", Punto 16, Inciso e) y
17.
|
Por ello,
|
EL DIRECTOR
GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
|
Artículo 1o - Aprobar el anexo I
"K" - INDICE TEMATICO de esta Resolución que reemplaza el ANEXO I
"J" de la
Resolución N°
2382/91 (RGNITIE).
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Art. 2o - Aprobar el ANEXO XVI -
NACIONALIZACION DE MERCADERIAS EN TRANSITO INTERIOR EN LA ADUANA DE ENTRADA, de
esta Resolución que se incorpora como ANEXO XVI de la Resolución N° 2382/91 (RGNITIE).
|
Art. 3o - Dejar
sin efecto el ANEXO I "J" de la Resolución N° 2382/91 (RGNITIE).
|
Art. 4o - La presente entrará a regir a
partir del 15 de julio de 1999.
|
Art. 5o- Deforma.
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ANEXO I
"K" INDICE TEMATICO
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ANEXO II "K"
|
TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA.
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ANEXO II/I
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NORMAS
RELATIVAS A LA
INTERVENCION DEL ANMAT PARA EL TRANSITO TERRESTRE DE
MEDICAMENTOS CON DESTINO A OTROS ESTADOS PARTE
DEL MERCOSUR.
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ANEXO I
|
ACUERDO
DE ALCANCE PARCIAL DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE.
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ANEXO IV
|
MANIFIESTO
INTERNACIONAL DE CARGA/DECLARACION DE TRANSITO ADUANERO MIC/DTA.
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ANEXO V "C"
|
INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MIC/DTA.
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ANEXO VI
|
CODIGOS
DE PAISES, DE ADUANAS, DE MONEDAS Y DE ENVASES Y EMBALAJES.
|
ANEXO VII "A"
|
USO DEL MIC/DTA - NOMINA DE PAISES.
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ANEXO VIII "B"
|
RECONOCIMIENTO DE PRECINTOS - NOMINA DE PAISES Y
MODELOS.
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ANEXO VII I/I
|
PRECINTOS MSA Y ANA PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE
CON DESTINO
A LOS PAISES DE LA REGION.
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ANEXO IX
|
FORMA DE APLICACION DE LOS PRECINTOS.
|
ANEXO X
|
COMISION
DEL ARTICULO 16 DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE
TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE. CRITERIOS INTERPRETATIVOS Y ACUERDOS DE
LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES DE LOS PAISES DEL CONO SUR -
ACUERDOS BILATERALES O MULTILATERALES.
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ANEXO XI
|
RESOLUCION MERCOSUR/GMC/116/94.
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ANEXO XII
|
RESOLUCION MERCOSUR/GMC/117/94.
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ANEXO XIII
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NORMAS
SOBRE LA
OPERATIVA ADUANERA PARA EL TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA
Y ENCOMIENDAS EN OMNIBUS DE PASAJEROS DE LINEA REGULAR HABILITADOS PARA
VIAJES INTERNACIONALES (ANEXO DE LA RESOLUCION MERCOSUR/GMC/117/94).
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ANEXO XIV
|
DISPOSICIONES
OPERATIVAS PARA EL TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA Y ENCOMIENDAS EN OMNIBUS
DE PASAJEROS DE LINEA REGULAR HABILITADOS PARA VIAJES INTERNACIONALES.
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ANEXO XV
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MODELO DE DOCUMENTO DE IDONEIDAD PROVISORIO.
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ANEXO XVI
|
NACIONALIZACION
DE MERCADERIAS EN TRANSITO INTERIOR EN LA ADUANA DE ENTRADA.
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NOTA:
|
El
original ANEXO I fue aprobado por Resolución N°
2382/91 (ANA).
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La
primera modificación fue aprobada por Resolución N°
458/93 (ANA).
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La
segunda modificación fue aprobada por Resolución N°
141/94 (ANA).
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La
tercera modificación fue aprobada por Resolución N°
3750/94 (ANA).
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La
cuarta modificación fue aprobada por Resolución N°
4290/95 (ANA).
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La
quinta modificación fue aprobada por Resolución N°
1172/96 (ANA).
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La
sexta modificación fue aprobada por Resolución N°
2435/96 (ANA).
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La
séptima modificación fue aprobada por Resolución N°
2635/96 (ANA).
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La
octava modificación fue aprobada por Resolución N°
1666/97 (ANA).
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La
novena modificación fue aprobada por Resolución General N°
6 (AFIP).
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La
décima modificación fue aprobada por Resolución General N°
428/97 (DGA).
|
Esta
es la décima primera modificación aprobada por Resolución General N° 628.
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ANEXO XVI
|
NACIONALIZACION
DE MERCADERIAS EN TRANSITO INTERIOR EN LA ADUANA DE ENTRADA.
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DESCRIPCION
|
1)Vehículos de las partidas N.C.M. 8703, 8704.21 y 8704.31 cuando arriban en el modo
de autotransporte propios
medios-.
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2) Cigarrillos de la partida
2402.
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MOTIVO
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ANEXO II "K" - Punto 16 - Apartado e).
|
GARANTIA: Cuando el destino de la mercadería
descripta fuere otro Estado Parte, será de aplicación lo establecido en el
ANEXO II "K", Punto 17.
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