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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral n° 556 |
14/04/1999 |
Fecha: |
16/04/1999 |
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Dependencia: |
RG-556-1999-AFIP |
Tema: |
ADUANAS |
Asunto: |
Desafectación del
Resguardo Jurisdiccional de Caleta Olivia. |
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VISTO: las actuaciones originadas en el Fax Nº 202/99 de
la Región Aduanera
COMODORO RIVADAVIA, y |
CONSIDERANDO: |
Que
a través de
la
Resolución Nº 2057/92 de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE
ADUANAS se dispuso la habilitación del Resguardo Jurisdiccional de Caleta Olivia, dependiente de
la Aduana de Puerto Deseado,
determinando en su Artículo 2º que la puesta en marcha del mismo se
verificaría a partir del momento en que se contare con edificio y elementos
que posibiliten su operatoria. |
Que
tal como manifiesta
la
Región Aduanera COMODORO RIVADAVIA en el Fax citado, no se
ha dado cumplimiento a la condición establecida para el funcionamiento del
Resguardo Jurisdiccional mencionado. |
Que
mediante Disposición Nº 307/98 (SDG OAI) se habilitó una Oficina de Resguardo
Jurisdiccional en el Puerto de Caleta Paula, desde la que pueden atenderse
las operaciones aduaneras que se lleven a cabo en el Puerto de Caleta Olivia, por lo que resulta conveniente dejar sin efecto
la Resolución Nº 2057/92 de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS. |
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo Nº 7º, inciso 11) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997. |
Por ello, |
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Dejar sin efecto
la
Resolución Nº 2057/92 de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE
ADUANAS, por la que se dispuso la creación del Resguardo Jurisdiccional de
Caleta Olivia, en atención a lo expuesto en los considerandos precedentes. |
Art.
2º — Atender las operaciones del Puerto de Caleta Olivia desde
la Oficina
de Resguardo Jurisdiccional en el Puerto de Caleta Paula. |
Art.
3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. Remítase copia de la presente al GOBIERNO de
la PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, a
la SECRETARIA
DE SEGURIDAD INTERIOR y a
la DIRECCION NACIONAL
DE POBLACION Y MIGRACIONES. Tome conocimiento
la Región Aduanera
COMODORO RIVADAVIA (Aduana de Puerto Deseado). Cumplido, archívese.— Carlos Silvani. |
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