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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución General n° 313
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22/12/1998
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Fecha:
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29/12/1998
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Dependencia:
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RG-313-1998-AFIP
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Tema
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Tema:
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ADUANAS.
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Asunto:
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Plan de réplicas del Sistema Informático MARIA.
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VISTO el dictado de la Resolución General
N° 164 y de la
Resolución General N° 270 de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL, y
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CONSIDERANDO:
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Que el plan de réplicas de instalaciones del
Sistema Informático MARIA se está llevando a cabo de acuerdo a la
planificación efectuada.
|
Que en consecuencia corresponde continuar con la
implementación de dicho plan de réplicas.
|
Que asimismo resulta conveniente aplicar el
mencionado Sistema Informático MARIA para las registraciones de ingreso,
egreso y movimiento de mercaderías en la Zona Franca LA
PLATA.
|
Que la presente se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 7o del Decreto 618 de fecha 10 de Julio
de 1997 y por la
Disposición N° 5/97 AFIP.
|
Por ello;
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EL DIRECTOR
GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
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ARTICULO 1o- Aprobar el Anexo I
"Fechas de Lanzamiento del Registro de las Operaciones Aduaneras a
través del Sistema Informático MARIA" que forma parte de la presente.
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ARTICULO 2o- Aprobar el Anexo II
"Cronograma para el registro en el Sistema Informático MARIA del stock
de mercadería existente en la
Zona Franca LA
PLATA" que forma parte de la presente.
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ARTICULO 3o- De forma.
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ANEXO I
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FECHAS DE
LANZAMIENTO DEL REGISTRO DE LAS OPERACIONES ADUANERAS A TRAVES DEL SISTEMA
INFORMATICO MARIA
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ADUANA DE LA
PLATA: IMPORTACION Y EXPORTACION
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Carga de manifiestos y registro de declaraciones
sumarias: 4 de enero de 1999 (obligatorio).
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Declaraciones detalladas:
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15
de enero de 1999 (optativo para los declarantes).
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1 de febrero de 1999 (obligatorio).
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ANEXO II
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CRONOGRAMA
PARA EL REGISTRO EN EL SISTEMA INFORMATICO MARIA DEL STOCK DE MERCADERIA
EXISTENTE EN LA ZONA FRANCA LA PLATA
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Entre
los días 4 de enero de 1999 y 29 de enero de 1999, los usuarios de la Zona Franca LA PLATA, generarán las
"Declaraciones Modelo" de stock de mercadería existente en la Zona Franca,
utilizando el Sistema Informático MARIA o bien sus propios sistemas informáticos.
En caso de utilizar sus propios sistemas, éstos deberán contar con las
interfases necesarias para posibilitar la captura de los datos ingresados,
por el Sistema Informático MARIA. En las mencionadas "Declaraciones
Modelo", los usuarios registrarán la totalidad de las mercaderías que
formarán parte del stock de la
Zona Franca LA
PLATA al día 29 de enero de 1999.
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Los días 30 de enero de 1999 y 31 de enero de
1999, no se permitirá el ingreso, egreso ni movimiento de mercaderías en la Zona Franca LA PLATA, encontrándose la
mencionada Zona Franca, bajo proceso de control de stock por parte de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS.
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Los días 30 de enero de 1999 y 31 de enero de
1999, los usuarios directos de la Zona Franca LA PLATA oficializarán y presentarán ante la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS las "Declaraciones Modelo" de stock generadas según el
apartado 1 del presente Anexo, bajo los subregímenes que correspondan de
acuerdo a lo establecido en el Anexo X de la Resolución General
N° 270 (AFIP). LA
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ante la presentación de las
declaraciones de stock, validará las mismas debiendo emplear para ello,
métodos de control que permitan constatar la veracidad de la información
suministrada por los usuarios. Las "Declaraciones Modelo" de stock
mencionadas en el apartado 1 del presente Anexo, se convertirán en
declaraciones de ingreso de mercadería a la Zona Franca LA PLATA, a partir del
momento de su oficialización y presentación.
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Durante los días 30 de enero de 1999 y 31 de enero
de 1999, la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS asignará el personal necesario
para atender las tareas inherentes a la presentación de las
"Declaraciones Modelo" y al control del stock de mercaderías
existente en la Zona
Franca LA PLATA.
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A partir del día 1 de febrero de 1999, no se
permitirá la oficialización de declaraciones de ingreso de mercadería a la Zona Franca LA PLATA, para mercaderías
que hayan sido ingresadas a dicha Zona Franca con fecha anterior a la
correspondiente a la declaración, salvo autorización expresa del Señor
Administrador de la Aduana
de LA PLATA,
con motivo fundado.
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A partir del día 1 de febrero de 1999 todos los
ingresos, egresos y movimientos de mercadería en la Zona Franca LA PLATA, se registrarán a
través del Sistema Informático MARIA.
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