Detalle de la norma RG-269-1998-AFIP
Resolución General Nro. 269 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 1998
Asunto Inscripción de Importadores/Exportadores.
Boletín Oficial
Fecha: 19/11/1998
Detalle de la norma

 

 

 

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución General 269

16/11/1998

Fecha:

19/11/1998

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Dependencia:

RG-269-1998-AFIP

Tema

Tema:

Inscripción de Importadores/Exportadores.

Asunto:

Modifícase.

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VISTO el artículo 94 de la Ley N° 22415 relativo a los requisitos para la inscripción en el Registro de Importadores/Exportadores de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, y 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 29 del Decreto 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 de necesidad y urgencia ratificado por la Ley N° 24307 estableció como único requisito para tal inscripción, la Clave Unica de Identificación Tributaria, habiendo perdido vigencia el artículo 94 citado en el VISTO de esta Resolución.

Que en consecuencia corresponde establecer las condiciones para la integración del Formulario OM 1228-E de conformidad con el párrafo anterior.

Que ha tomado intervención correspondiente la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera emitiendo el Dictamen 685/98.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7o, del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el Anexo I "A" - Indice Temático de esta Resolución que reemplazará el Anexo I de la Resolución N° 145/93 (ANA).

ART. 2°.- Aprobar el Anexo X - Integración del OM-1228/E Inscripción de Importadores/Exporrtadoes - Declaración Jurada de esta Resolución que se integrará como Anexo X de la Resolución N° 145/93 (ANA).

ART. 3°.- Dejar sin efecto el Anexo I de la Resolución N° 145/93 (ANA).

ART. 4°.- La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, efectuará un reempadronamiento de Importadores/Exportadores en el transcurso del primer cuatrimestre de año 1999, únicamente para las inscripciones anteriores a la presente Resolución mediante el aporte de la documentación indicada en su Anexo X.

ART. 5°.- La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y se aplicará a las inscripciones que se presenten desde esa fecha inclusive.

ART. 6°.- De forma.

 

ANEXO I "A" INDICE TEMATICO

ANEXO II

Disposiciones Normativas para la Inscripción de Importadores/Exportadores.

ANEXO III

Disposiciones Generales Transitorias.

ANEXO IV

Ingreso Directo de Información a la Base de Importadores/Exportadores.

ANEXO V

Cuadro de Suspensiones y su Levantamiento en la Base de Importadores/Exportadores.

ANEXO VI

Cuadro de Eliminaciones y Reinscripciones en la Base de Importadores/Exportadores.

ANEXO Vil

OM-1228/E Inscripción de Importador/Exportador - Declaración Jurada.(*)

ANEXO VIII

OM-2099 - Modificaciones de la Inscripción de Importador/Exportador -Declaración Jurada.(*)

ANEXO IX

OM-1752/C - Solicitud de Autorización como Importador/Exportador No Habitual -Declaración Jurada.(*)

ANEXO X

Integración del OM-1228/E Inscripción de Importador/Exportador - Declaración Jurada.

 

NOTA:

(*) Estos formularios serán adquiridos en los comercios de plaza.

 

ANEXO X

1.- El formulario OM-1228/E será integrado en todos sus campos a máquina en DOS (2) o TRES (3) ejemplares según corresponda, -en original cada uno de ellos-.por el Importador/Exportador con carácter de declaración jurada. El domicilio real deberá corresponder al registrado en la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T) y al inscripto en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA u Organismos Similares.

2.- Al citado formulario se agregará únicamente copia del Acta de Distribución de Cargos intervenida por Escribano Público de acuerdo con el modelo que integra el presente Anexo, para las sociedades legalmente constituidas.

En el caso de Importadores/Exportadores Unipersonales o Sociedades Irregulares adecuaran la integración del Anexo a la información que corresponda.

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2570-2009-AFIP Deroga Procedimiento. Sistema Registral. Registros Especiales Aduaneros