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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of: |
Aviso Nº 36 |
22/07/2002 |
Fecha: |
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Dependencia:
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AV-Nº 36-2002-DGA |
Tema:
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DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS (DE TEEX) |
Asunto:
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Res ME 160/02 - art. 5o.
Exportación de productos orgánicos. |
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Se pone en conocimiento
la Circular de
la DIRECCION DE
MERCADOS AGROALIMENTARIOS SAGPyA, del 19 de
julio de 2002, dirigida a las firmas exportadoras de productos de origen agrícola: |
"A los efectos del tratamiento de los productos de calidad orgánica,
dentro del alcance de
la LEY
21453, se informa: |
Los productos
que detentan la calidad de orgánico, en la actualidad no tienen fijado
precios FOB oficiales diferenciales por
esa condición, pero sí están contemplados dentro del régimen de
la Ley 21453 cuando su posición
arancelaria así lo determine. |
En tal sentido, las posiciones arancelarias incluyen tanto al producto
convencional como al orgánico. Firmado: Ing. Carlos Pouiller - Director de Mercados Agroalimentarios SAGPyA". |
Publíquese en el Boletín de esta Dirección General. |
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