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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral. n° 2495 |
16/09/2008 |
Fecha: |
22/09/2008 |
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Dependencia: |
RG-2495-2008-AFIP |
Tema: |
MERCADO COMUN DEL SUR |
Asunto: |
Mercosur.
Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 1/08 (CMC). “Especificación de Características
Técnicas de
la Infraestructura Informática para el
Intercambio Electrónico de Información de Operaciones Aduaneras mediante el
Sistema de Intercambio de Información de los Registros Aduaneros (INDIRA)”. |
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VISTO:
la
Actuación SIGEA Nº
13659-35-2008 del Registro de esta Administración Federal y
la Decisión Nº 1 del
Consejo del Mercado Común (CMC) del 30 de junio de 2008, y |
CONSIDERANDO:
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Que el Sistema de Intercambio de Información de los
Registros Aduaneros (INDIRA), se encuentra operativo en los cuatro Estados
Parte del MERCOSUR. |
Que el Consejo del Mercado Común, en su carácter de
órgano superior del Mercado Común, consideró conveniente y necesario
determinar las especificaciones técnicas que garanticen el intercambio
electrónico seguro, entendiendo como tal aquel que cumple con condiciones de
autenticación, confidencialidad, integridad y restricción de acceso. |
Que a tal fin, procedió a establecer las normas
utilizadas para la conectividad entre aduanas de los Estados Parte, para los
sistemas que requieran de transferencia parcial o total de datos, ya sean
Éstos por lotes o en transacciones “on-line” e incluyó recomendaciones de aplicación de
estándares globales y particulares de cada Estado Parte. |
Que para llevar a cabo la aludida iniciativa dictó
la Decisión Nº 1/08
(CMC), mediante la cual aprobó las normas sobre “Especificación de
Características Técnicas de
la Infraestructura Informática
para el Intercambio Electrónico de Información de Operaciones Aduaneras
mediante el Sistema de Intercambio de Información de los Registros Aduaneros
- INDIRA”. |
Que corresponde incorporar al ordenamiento jurídico
nacional la mencionada Decisión Nº 1/08 (CMC), lo cual implicará la adopción
de las medidas tendientes para lograr su efectivo cumplimiento. |
Que han tomado la intervención que les compete
la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal
Aduanera, de Control Aduanero y de Sistemas y Telecomunicaciones y
la Dirección General
de Aduanas. |
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio
de 1997; sus modificatorios y sus complementarios. |
Por ello, |
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo 1º — Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional
la Decisión Nº 1 del Consejo del Mercado Común
(CMC) del 30 de junio de 2008, norma relativa a la “Especificación de
Características Técnicas de
la Infraestructura
Informática para el Intercambio Electrónico de Información
de Operaciones Aduaneras mediante el Sistema de Intercambio de Información de
los Registros Aduaneros - INDIRA”, la cual se consigna como Anexo que se
aprueba y forma parte de la presente. |
Art.
2º — Regístrese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de
la Dirección General
de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Producción, al Grupo
Mercado Común —Sección Nacional—, a
la Secretaría Administrativa
de
la ALADI
(Montevideo R.O.U.) y a
la Secretaría del
Convenio Multilateral sobre |
Cooperación
y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduana de América Latina, España
y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese. —
Claudio O. Moroni. |
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NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER
DEC-1-2008-CMC |
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