|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral. n° 2469 |
11/07/2008 |
Fecha: |
16/07/2008 |
|
|
Dependencia: |
RG-2469-2008-AFIP |
Tema: |
IMPUESTOS |
Asunto: |
Impuesto al Valor Agregado.
Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución
General Nº 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos. |
|
|
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros.
10883-721-2008, 10883-782-2008 y 10589-144-2008 del Registro de esta
Administración Federal, y |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante
la
Resolución General Nº 18, sus modificatorias y
complementarias se estableció un régimen de retención del impuesto al valor
agregado. |
Que
de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la referida norma,
corresponde informar la identificación de los agentes de retención que han
quedado excluidos del mencionado régimen. |
Que
han tomado la intervención que les compete
la Dirección de
Legislación y
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus
complementarios. |
Por ello, |
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Modifícase el Anexo I de
la Resolución General
Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Anexo I de
la Resolución General
Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente: |
- Elimínanse a los responsables que se indican a
continuación: |
|
“30-61143793-1
ACIFER S A” |
“30-64329165-3
AGROATAR SA” |
“30-61411085-2
CIA DE SERVICIOS HOTELEROS S A” |
“30-58070158-9
COMPAÑIA DE PERFORACIONES RIO COLORADO SA” |
|
Art.
2º — Modifícase el Anexo de
la Resolución General
Nº 39 y sus modificaciones —texto según Anexo II de
la Resolución General
Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente: |
- Elimínanse a los contribuyentes que se indican a
continuación: |
|
“30-65879638-7
ARGEN PESCA S.A. ARSQUID S.A. UTE” |
“30-51127684-1
GORDON MC. DONALD E HIJOS S.A.” |
“30-68053912-6
KRAI S.A.” |
|
Art.
3º — Lo establecido en los Artículos 1º y 2º tendrá efectos a partir del día
1 de agosto de 2008, inclusive. |
Art.
4º — Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Claudio O. Moroni. |
|
|