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Documento |
Fecha
Doc |
Boletín/Of |
BO Nº |
Decreto 1001/1982 PEN |
02/05/1982 |
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Referencia: |
Reglamentación de la Ley 22415 - CODIGO
ADUANERO |
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A los fines de
lo previsto en el artículo 619 del Código Aduanero, fíjanse los siguientes
plazos: |
a) |
NOVENTA (90)
días, cuando se tratare de mercadería expedida por vía acuática con destino
final al territorio aduanero y estuviere cargada en el respectivo medio de
transporte; |
b) |
TREINTA (30)
días, cuando se tratare de mercadería expedida por vía terrestre o aérea con
destino final al territorio aduanero y estuviere cargada en el respectivo
medio de transporte; |
c) |
QUINCE (15)
días, cuando se tratare de mercadería que se encontrare en zona primaria
aduanera, por haber arribado al territorio aduanero con anterioridad a la
entrada en vigor de la medida. |
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