Detalle de la norma RG-2199-2007-AFIP
Resolución General Nro. 2199 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2007
Asunto Impuesto al Valor Agregado modificaciones
Boletín Oficial
Fecha: 01/02/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución General n° 2199

29/01/2007

Fecha:

01/02/2007

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Dependencia:

RG-2200-2007-AFIP

Tema LOA:

 

Tema:

IMPUESTOS

Asunto:

Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Nómina de sujetos comprendidos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la norma citada en el visto, corresponde informar la identificación del agente de retención que se incorpora al mencionado régimen y de los que han quedado excluidos del mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínase al responsable que se indica a continuación:

“30-66420392-4 ESEBA GENERACION S.A.”

Art. 2º — Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Resolución General Nº 1126—, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:

“30-70837191-9 XOROKE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”

- Elimínase al responsable que se detalla seguidamente:

“30-66294526-5 PESUAR S A”

Art. 3º — Lo establecido en los Artículos 1º y 2º tendrá efectos a partir del día 1 de marzo de 2007, inclusive.

Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.